Reino Unido puede revocar el Brexit unilateralmente, según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

La institución rechaza que solo los Veintisiete puedan decidir de manera "unánime" detener la separación

Un manifestante favorable a la salida de Reino Unido de la Unión Europea, este domingo en Londres.Vídeo: ANDY RAIN (EFE)

Hasta el último minuto. Reino Unido podrá suspender unilateralmente el proceso de salida de la Unión Europea en cualquier momento hasta la medianoche del 29 de marzo de 2019, fecha prevista para la consumación del Brexit, según ha sentenciado este lunes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

El esperado veredicto resuelve uno de los dilemas jurídicos planteados por la primera salida de un ...

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Hasta el último minuto. Reino Unido podrá suspender unilateralmente el proceso de salida de la Unión Europea en cualquier momento hasta la medianoche del 29 de marzo de 2019, fecha prevista para la consumación del Brexit, según ha sentenciado este lunes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

El esperado veredicto resuelve uno de los dilemas jurídicos planteados por la primera salida de un socio de la Unión. Y aunque el Gobierno de Theresa May insiste en que no tiene intención de frenar el proceso, la sentencia llega la víspera de una sesión del Parlamento británico en la que se ha visualizado el rechazo que provoca el acuerdo de salida negociado por Londres con la Unión Europea, lo que abriría nuevos escenarios, incluida la posibilidad de que no se lleve a cabo el Brexit.

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El riesgo de rechazo es tan elevado que May ha aplazado el voto sobre el acuerdo de salida (previsto para este martes) hasta después de la cumbre europea de esta semana (13 y 14 de diciembre) en un desesperado intento de arrancar mejoras que le permitan convencer a su Parlamento. Si no lo logra, la revocación del artículo 50 puede emerger como la única vía para evitar un Brexit brutal.

La Comisión Europea y el Consejo Europeo defendían que el proceso de salida era imparable unilateralmente una vez activado conforme al artículo 50 del Tratado de la Unión. Pero los jueces comunitarios, en respuesta a una consulta prejudicial planteada por un tribunal escocés, han concluido que la cancelación del proceso es competencia exclusiva de Londres, que puede revocarla en cualquier momento sin dar explicaciones a sus socios europeos.

La revocación sería posible incluso más allá del 29 de marzo si se decidiera prolongar el plazo de la negociación del acuerdo de salida, fijado en principio en dos años desde el momento de la activación del artículo 50 (29 de marzo de 2017, en el caso británico).

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"Someter el derecho de revocación a una aprobación del Consejo Europeo por unanimidad, como proponen el Consejo y la Comisión, transformaría un derecho unilateral soberano en un derecho condicionado", ha sentenciado el tribunal.

Los jueces europeos añaden que forzar a un país a consumar la salida planteada "sería contrario al objetivo de los tratados [europeos], que consiste en crear una unión cada vez más estrecha entre los pueblos europeos".

El caso ha sido resuelto a tremenda velocidad (en apenas dos meses, frente a una media de, al menos, dos años) y la sentencia ha sido dictada por la corte en pleno, con su presidente, Koen Lenaerts, al frente.

La amenaza de la revocación del artículo 50 podría convencer al ala dura del Brexit de que el acuerdo de May es la única forma de garantizar la salida

Fuentes que han seguido muy de cerca el vertiginoso juicio aseguran a EL PAÍS que algunos magistrados se decantaban por secundar la tesis de la Comisión, favorable a una revocación por consenso entre el país que abandona el club y los 27 socios que se quedan.

Las mismas fuentes atribuyen al presidente del tribunal una vía intermedia que apuntaría al derecho unilateral de cancelar el artículo 50, pero siempre y cuando ningún socio mostrase públicamente su oposición. Finalmente, sin embargo, se impuso, en gran parte, la tesis defendida por el abogado general, el español Manuel Campos Sánchez-Bordona, partidario de un derecho soberano y unilateral de suspensión del proceso de salida.

El fallo leído en Luxemburgo caldeará aún más el ambiente en Londres, donde el acuerdo de salida se enfrenta a feroces críticas tanto entre los partidarios de un Brexit duro como entre quienes desean permanecer en la Unión.

El acuerdo suscrito por May contempla un período transitorio de salida de 21 meses (hasta diciembre de 2020), prorrogable un año o dos, durante el que Londres seguirá acatando la normativa comunitaria. Y la posibilidad de que Reino Unido continúe de manera indefinida en la Unión Aduanera, sometido a las normas comerciales de la UE, si al final del período transitorio no se pacta una fórmula que evite la aparición de una frontera física entre Irlanda e Irlanda del Norte (territorio británico).

La UE ha advertido de que ese pacto "es el mejor y el único posible". Pero May no ha logrado por ahora el apoyo firme de sus diputados y cuenta con el rechazo de la oposición laborista. Numerosos diputados exigen a la primera ministra que renegocie el acuerdo, una posibilidad a la que Bruselas, por ahora, se resiste.

La sentencia del tribunal europeo da una baza a la primera ministra, que ya ha advertido a los euroescépticos de que el descarrilamiento del acuerdo podría suponer la suspensión del Brexit. May asegura que no desactivará el artículo 50. Pero sus rivales saben que también aseguró que nunca aceptaría un Brexit blando y ha acabado suscribiéndolo. Y que descartó continuar en la Unión Aduanera y ha acabado resignándose a la posibilidad de no poder abandonarla.

La amenaza de la revocación del artículo 50 podría convencer al ala dura del Brexit de que el acuerdo de May es la única forma de garantizar la salida. Para los partidarios de no abandonar la UE, la revocación del artículo 50, o su prolongación, mantendría viva la esperanza de un segundo referéndum que confían en ganar.

El Tribunal de Justicia europeo, consciente de la trascendencia y posible impacto de su veredicto, ha tramitado la consulta escocesa por procedimiento de urgencia. El caso llegó a Luxemburgo el pasado 3 de octubre. Dos semanas después, la corte europea concedía el procedimiento de urgencia. La vista se celebró el 27 de noviembre. El 4 de diciembre, Campos Sánchez-Bordona emitió un dictamen preliminar favorable a la revocación unilateral de la petición de salida. Y en solo seis días más ha llegado la sentencia definitiva, en un caso que supone uno de los récords de velocidad de ese tribunal.

La sentencia se convierte, además, en la primera señal clara y definitiva en un proceso de Brexit que desde el referéndum del 23 junio de 2016 acumula dos años y medio de vaivenes en un callejón en el que Londres no acaba de encontrar la salida.

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