La justicia avala el derecho del cava valenciano a utilizar Requena en su comercialización

El consejo regulador, en mano de los elaboradores catalanes, se negaba a asignar al espumoso el nombre de la zona productora

Imagen de la Bodega Dominio de la Vega, en Requena.Mònica Torres

La justicia ha vuelto a dar la razón a los elaboradores de cava valenciano y les permite utilizar Requena para la comercialización de sus espumosos con la referencia a la zona en la que se producen. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid avala la reclamación presentada por la Asociación de Elaboradores de Cava de Requena, la bodega Dominio de la Vega y la consejería de Agricultura de la Generalitat Valenciana ante la negativa del Consejo Regulador del Cava, copado por los p...

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La justicia ha vuelto a dar la razón a los elaboradores de cava valenciano y les permite utilizar Requena para la comercialización de sus espumosos con la referencia a la zona en la que se producen. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid avala la reclamación presentada por la Asociación de Elaboradores de Cava de Requena, la bodega Dominio de la Vega y la consejería de Agricultura de la Generalitat Valenciana ante la negativa del Consejo Regulador del Cava, copado por los productores catalanes, de que utilizaran el término Requena para identificar sus productos.

“El tribunal reconoce el sentido común y reconoce nuestro derecho a identificarnos y a que el consumidor sepa de dónde viene el producto”, ha celebrado el consejero delegado de la bodega Dominio de la Vega, quien, además, es miembro del propio consejo regulador desde el pasado mes de julio cuando tanto Requena como los productores extremeños de Almendralejo lograron una vocalía en un ente en el que, hasta ese momento, solo había elaboradores catalanes. La consejera de Agricultura, Isaura Navarro, también ha destacado “el gran éxito que nos permite seguir creciendo en la promoción del cava de gran calidad de Requena, nuestra marca de proximidad”. Por su parte, la presidenta de la Asociación de Elaboradores de Cava de Requena, Rebeca García, ha manifestado que “esta sentencia es el mejor regalo de Navidad que podíamos recibir, después de tres largos años reclamando por todas las vías, incluida la judicial, que se resolviera la situación de injusticia que pesaba sobre nuestra región”.

La pugna se remonta a hace dos años cuando el propio Consejo Regulador de la Denominación de Origen Cava propuso identificar las áreas de producción de esta bebida. La DO Cava es supraautonómica y tiene miembros en Extremadura, Aragón, La Rioja, Navarra y el País Vasco, Cataluña y la Comunidad Valenciana. Cada zona aportó el nombre con el que quería ser asignada: Comtats de Barcelona, Valle del Ebro (con alguna salvedad) y Viñedos de Almendralejo no tuvieron ningún problema en su elección, pero a los cavas valencianos se les prohibió utilizar Requena por, según dijeron, la confusión que podía crear con otra denominación, la de los vinos Utiel-Requena. El consejo regulador propuso a los elaboradores valencianos la utilización de denominaciones como “Altos de Levante” o Zona de Levante, que es como aparece en la web oficial de la DO Cava, pero estos las rechazaron y acudieron a la justicia, como otras veces, para defender su derecho a utilizar el nombre de la zona que les identifica.

La sentencia hace referencia a la supuesta confusión aducida y que “curiosamente, niega el titular del interés que se trata de proteger (el Consejo Regulador de la DOP Utiel-Requena)”. Y es que el propio ente director de la DOP Utiel-Requena presentó un informe en el que alegaban que no tenían ningún reparo a que los elaboradores de cava utilizaran el término Requena. Y señala que “el hecho de que la expresión ‘Requena’, vaya precedida de la indicación obligatoria y destacada ‘Cava’, como sería preceptivo, elimina cualquier posible riesgo de confusión con los vinos amparados en la DOP Utiel-Requena”.

Ahora, el tribunal en su sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, concluye que el reconocimiento de “Requena”, para designar dicha zona de producción de cava, es la única opción aceptable en Derecho”. La sala, además, reprocha el papel del Ministerio de Agricultura, que no medió en la polémica, y alega que su “control, necesariamente, habría de extenderse a la resolución de la controversia suscitada por la creación de la unidad geográfica menor “Requena”, según el debate planteado. Admitir lo contrario implicaría desconocer los derechos de la minoría afectada y menospreciar el papel de la Administración, llamada a tutelar cualesquiera intereses dignos de protección, en la modificación de los pliegos de condiciones de las denominaciones de origen”.

Esta no es la primera vez que los elaboradores de cava valencianos ganan en los tribunales sus reivindicaciones. En los años ochenta el Supremo les dio la razón y tuvieron que ser incluidos en la DO Cava y Requena se convirtió en el único término municipal de toda la Comunidad Valenciana que puede elaborar cava legalmente y con el método tradicional. La justicia también les dio la razón hace cuatro en los intentos de limitar la plantación de viñedos promovida por el mismo consejo regulador.

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