El TSJC rebaja a 4 meses de inhabilitación la condena a la mesa del parlamento catalán por el 1-O

El Supremo ordenó en 2022 repetir el juicio por falta de imparcialidad de dos jueces tras una primera sentencia de 20 meses de suspensión y una multa de 30.000 euros

Firma de la notificación sobre la admisión a trámite de una querella de Fiscalía contra Ramona Barrufet, Lluís Corominas, Carme Forcadell y Anna Simó (Junts pel Sí). EUROPA PRESS (Foto de ARCHIVO) 28/02/2017Europa Press

Los cuatro miembros independentistas de la Mesa del Parlament presidida por Carme Forcadell durante los días más agitados del procès ven rebajada su condenada, a tenor de la revisión de la primera sentencia que recibieron. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) deja en cuatro meses de inhabilitación y a una multa de 1.200 euros la pena para Lluís Maria Corominas, Anna Simó, Ramona Barrufet y Lluís Guinó. Considera que desobedecieron el mandato del Tribunal Constitucional al tramitar varias resoluciones que derivaron en el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 pero re...

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Los cuatro miembros independentistas de la Mesa del Parlament presidida por Carme Forcadell durante los días más agitados del procès ven rebajada su condenada, a tenor de la revisión de la primera sentencia que recibieron. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) deja en cuatro meses de inhabilitación y a una multa de 1.200 euros la pena para Lluís Maria Corominas, Anna Simó, Ramona Barrufet y Lluís Guinó. Considera que desobedecieron el mandato del Tribunal Constitucional al tramitar varias resoluciones que derivaron en el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 pero revisa y recorta una pena inicial 20 meses de inhabilitación y una multa de 30.000 euros. La primera condena les fue impuesta en 2020, pero el Tribunal Supremo ordenó repetir el juicio por falta de imparcialidad de dos jueces.

El nuevo fallo considera que la Mesa permitió en 2015 un primer pistoletazo de arranque, al activar una propuesta de resolución “sobre el inicio de un proceso político en Cataluña como consecuencia de los resultados electorales” para que fuera aprobada por el Pleno de la Cámara por el procedimiento de urgencia y rechazar las peticiones de reconsideración de los grupos parlamentarios no independentistas (PSC, Ciudadanos y PP). El proceso derivó en una resolución que proclamaba “el inicio de un proceso de creación de un Estado Catalán independiente en forma de República” tras la apertura de un “proceso participativo”.

El Tribunal Constitucional, a raíz de un recurso del Gobierno, requirió “impedir o paralizar” estas iniciativas, pero la Mesa mantuvo el mismo rumbo al facilitar que el Parlament aprobase en 2016 otra resolución para la creación de una “Comisión de Estudio del Proceso Constituyente”, cuyo objetivo era llegar a la desconexión con las leyes españolas a través de la vía de la “unilateralidad”. Aquel mismo año la Cámara proclamó el derecho de autodeterminación de Cataluña e instó al Govern a organización un referéndum. En septiembre de 2017, el Parlament aprobó leyes sobre el referéndum de autodeterminación y la fundación de la república.

Todas esas acciones, considera la sentencia, “son constitutivos de un delito de desobediencia grave a resoluciones judiciales”, como ya consideró una primera sentencia de 2020. El juicio, sin embargo, se repitió en marzo por orden del Supremo al considerar en 2022 que dos de los tres magistrados que juzgaron el caso habían vulnerado el principio de imparcialidad al exteriorizar sus posturas antes de dictar sentencia.

Anna Simó, una de las condenadas, ha rechazado este miércoles la sentencia. “No tenían que habernos juzgado nunca, éramos inviolables y cumplimos el reglamento del Parlament. (...) Se demuestra la inquina de Llarena”

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