La Abogacía del Estado evita pronunciarse sobre el indulto a los presos del ‘procés’

El informe remitido al Supremo se centra en el delito de malversación, considera que el daño está reparado y no se pronuncia sobre las medidas de gracia

Los presos Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Quim Forn, Jordi Cuixart y Jordi Sànchez saliendo del centro penitenciario de Lledoners, el pasado 29 de enero.Albert Garcia

La Abogacía del Estado no se opone a la concesión del indulto a los presos del procés, de acuerdo con el informe que ha remitido al Tribunal Supremo sobre las posibles medidas de gracia para los condenados por sedición y malversación. El informe ni siquiera menciona el primero de estos delitos y se centra exclusivamente en el de malversación.

Al respecto de este último, considera que se ha determinado provisionalmente el dinero malvers...

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La Abogacía del Estado no se opone a la concesión del indulto a los presos del procés, de acuerdo con el informe que ha remitido al Tribunal Supremo sobre las posibles medidas de gracia para los condenados por sedición y malversación. El informe ni siquiera menciona el primero de estos delitos y se centra exclusivamente en el de malversación.

Al respecto de este último, considera que se ha determinado provisionalmente el dinero malversado —4,12 millones de euros— y que “se encuentra garantizada esa cantidad a día de hoy”. Por tanto, “ese afianzamiento constituye un elemento que repararía el perjuicio económico producido a la Hacienda pública”, que en aplicación de la ley de indulto, actúa en este trámite como “parte ofendida”. La Abogacía se refiere exclusivamente a los presos condenados por malversación y sedición. Se trata de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.

En el informe ha intervenido la Subsecretaría de Hacienda para certificar estos extremos, basándose a su vez en el que previamente realizó el Tribunal de Cuentas, donde se explica que los presos del procés habían consignado la suma que se les reclama. A la vista de ello, se añade que “no corresponde a la Subsecretaría de Hacienda ni a esta Abogacía del Estado en su representación, en cuanto órganos de la propia Administración General del Estado, manifestarse sobre la justicia o conveniencia del indulto o sobre la forma de concesión de la gracia, pudiendo entenderse en el caso de hacerlo que con ello se estaría anticipando o determinando el sentido de una decisión que solo al Gobierno compete”.

La Abogacía del Estado recoge en su informe que solo a este organismo y a la Fiscalía les corresponde manifestarse, como paso previo a la decisión del Gobierno, sobre la petición de indulto, trámites ambos ya concluidos. Por tanto, ahora será el Supremo el que a su vez se dirija al Gobierno para exponer sus criterios sobre la posible concesión de medidas de gracia, sin que exista un plazo predeterminado para ello.

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