La Audiencia Nacional rechaza el recurso del Gobierno de Aragón al trasvase

El tribunal argumenta que el ejecutivo autónomo carece de "interés legítimo" al recurrir obras que comienzan en otra comunidad

La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de apelación que presentó el Gobierno de Aragón contra el trasvase del Ebro, recogido en el Plan Hidrológico Nacional al considerar que el Ejecutivo aragonés carece de "interés legítimo" para impugnar esta obra.

El recurso se refiere al inicio de la tramitación administrativa de las obras desde el Bajo Ebro (Tarragona) a Barcelona y a la zona de Levante y en este sentido sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional afirma que "la procedencia de los recursos hídricos, que se sitúa en Aragón, no comporta que dicha comunidad o...

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La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de apelación que presentó el Gobierno de Aragón contra el trasvase del Ebro, recogido en el Plan Hidrológico Nacional al considerar que el Ejecutivo aragonés carece de "interés legítimo" para impugnar esta obra.

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El recurso se refiere al inicio de la tramitación administrativa de las obras desde el Bajo Ebro (Tarragona) a Barcelona y a la zona de Levante y en este sentido sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional afirma que "la procedencia de los recursos hídricos, que se sitúa en Aragón, no comporta que dicha comunidad ostente interés legítimo para impugnar los estudios o las obras que se realicen fuera de los términos territoriales de su Comunidad".

Añade también que la contratación administrativa sobre los estudios y obras para llevar a cabo la transferencia de agua, que se van a realizar fuera de Aragón, no afecta a esta Comunidad "siendo indiferente que el estudio ambiental de un espacio sito en otra Comunidad Autónoma se realice por una u otra empresa".

Este documento fue redactado por la Sociedad Estatal Infraestructuras del Trasvase (Trasagua), encargada de este proyecto. El recurso de apelación fue presentado por el Gobierno de Aragón después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declarara la "inadmisibilidad" del recurso contencioso-administrativo interpuesto por el gobierno autonómico contra el pliego que pone en marcha esta actuación casi por las mismas razones argumentadas ahora por la Audiencia: "falta de legitimación activa del recurrente".

El Gobierno aragonés sostenía que no se habían respetado las garantías del procedimiento para la aprobación de este pliego. La sentencia que ahora dicta la Audiencia Nacional argumenta que el procedimiento administrativo empleado se ajusta a la legalidad.

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