Frutas con ‘copyright’ que enfrentan a agricultores y multinacionales

El uso furtivo de variedades vegetales ha llevado a varios citricultores ante la justicia

Las mandarinas Nadorcott han sido protagonistas de muchos litigios en los juzgados.Karen Hunt (Alamy/Cordon Press)

La Nadorcott es una variedad de mandarina que se caracteriza por tener un delicado equilibrio de ácidos. De llamativo tono naranja rojizo, es muy fácil de pelar y su producción es generosa. Además, su periodo de cosecha es amplio, lo que la convierte en una apuesta segura para los productores por su disponibilidad en el mercado. El descubrimiento de este rentable cítrico fue, no obstante, fruto del azar. En los años ochenta, un agricultor marroquí llamado El Bachir Nadori observó que entre sus mandarinos comenzaban a crecer cítricos que podían madurar sin semillas. Resultado de una polinización cruzada aleatoria, el descubrimiento atrajo la mirada de investigadores estadounidenses y marroquíes. Fue registrada como variedad protegida en 2006 y es propiedad de Nador Cott Protection, una sociedad ligada a la familia real de Marruecos.

Desde entonces, esta mandarina ha sido protagonista en las mesas de muchos hogares y en los juzgados. En los noventa, la variedad se volvió muy popular en el litoral mediterráneo, donde, atraídos por su fama, muchos agricultores se lanzaron a plantar árboles de este tipo. La fiesta terminó con las primeras demandas.

Los productores alegaron que este cítrico se había cultivado toda la vida en la región con el nombre de Afourer y, por tanto, no tenía dueño. Pero el Club de Variedades Vegetales, que en España representa los intereses de los obtentores, ha defendido que estos frutales tienen copyright. Y no pagar royalties implica aprovecharse de un trabajo que ha costado dinero y años de investigación. Dejan a los agricultores dos caminos: o pagan el canon y llegan a un acuerdo o se enfrentan a un pleito.

Las discusiones que han llegado a tribunales (hay más de una treintena de fallos) han acabado, en su mayoría, en condenas contra los agricultores. El antecedente más reciente es de finales de 2023. Un juez de Valencia emitió un fallo en contra de un citricultor murciano, que ya había sido condenado a arrancar más de 4.000 árboles de esta variedad. Por hacer negocio con los frutos entre 2017 y 2022 el propietario tendrá que pagar una indemnización equivalente a cinco años de cosecha.

Las variedades vegetales funcionan con un mecanismo legal similar a las patentes. La autoridad concede un premio al descubridor de una innovación relevante para la comunidad. De manera que, por su esfuerzo investigador, el obtentor consigue un derecho de explotación exclusivo. Así, cualquiera que quiera hacer negocio con una planta registrada debe pagar un canon.

El talón de Aquiles de esta suerte de patentes es que se pueden robar con relativa facilidad. Basta con utilizar injertos de la planta protegida o reutilizar semillas para conseguir explotar un cultivo a espaldas de su creador. Esta brecha ha alimentado la proliferación de disputas en el transcurso de los años. Pero explotar plantas registradas sin permiso de sus creadores y salir de rositas no es sencillo. Las multinacionales no han reparado en gastos para destapar los cultivos pirata y están dispuestas a pleitear contra quien haga falta por defender lo suyo.

De hecho, es frecuente que las compañías obtentoras contraten detectives. Estos suelen ser ingenieros agrónomos que tienen la misión de peinar los campos en busca de explotaciones irregulares, tal como explica Isabel Pérez-Cabrero, asociada del departamento de Propiedad Industrial e Intelectual de Garrigues. “Los informes elaborados por estos profesionales constituyen una de las primeras pruebas empleadas para iniciar procesos judiciales en defensa de los derechos del titular de la variedad”, explica la especialista.

Esquivar el pago de estos cánones suele traducirse en problemas para el agricultor si es descubierto. “Un juez puede ordenar al propietario destruir la plantación y todo el material vegetal utilizado ilegalmente”, apunta Pedro Tent, socio de Garrigues del mismo departamento, lo que implica arrancar árboles y paralizar cualquier comercialización. Además, el agricultor cazado puede ser condenado a “indemnizar al titular legítimo por los daños y perjuicios sufridos”, compensaciones sumamente abultadas al abarcar “todo el beneficio obtenido con la explotación ilegal”. “Las indemnizaciones”, explica Rafael López Moya, director de Pons IP Valencia y experto en variedades vegetales, deben compensar “el valor de la pérdida”, pero también, agrega, “el lucro cesante” y “el desprestigio de la variedad protegida”.

El especialista explica que “hasta hoy se han registrado 4.224 licencias de explotación de derechos de obtentor en España”, presumiblemente “con carácter oneroso”. Un dato que refleja “la tendencia dominante en la forma de explotación de este tipo de derecho de propiedad industrial” en los campos españoles, valora López. Las estimaciones del sector es que en nuestro país utilizar variedades protegidas es la tónica habitual en cultivos como cereales y hortalizas (tomates, patatas, lechugas…). Es, en cambio, menos común en plantaciones de mayor arraigo, como el olivar, por ejemplo, donde la tradición es utilizar variedades autóctonas que todos conocen (y no son de nadie).

La alta competitividad y la volatilidad de los precios hace que las obtentoras se muestren vigilantes para proteger sus variedades, en especial si son baratas, sabrosas, soportan condiciones meteorológicas extremas o producen frutos fáciles de pelar. Hasta el punto de que “existen entidades privadas”, explica María Corral, asociada en el departamento de biotecnología y ciencias de la vida de ABG Intellectual Property, que “asocian a obtentores vegetales y se encargan de la gestión de las licencias” en un territorio. La misión de estas agrupaciones es pleitear: cualquiera que quiera esquivar el pago de los royalties tendrá que explicar por qué en un juzgado.

Demandas y Luxemburgo

La guerra judicial por la mandarina Nadorcott aún colea. En concreto, en Luxemburgo: hace un mes, el Tribunal General de la Unión Europea escuchó las alegaciones de Nador Cott Protection, sociedad ligada a la familia real de Marruecos, y de Carpa Dorada, titular de los derechos de explotación comercial de la variedad para España y Portugal. Ambas encaran una demanda de la empresa Eurosemillas, una mercantil que desde 2016 defiende que el registro de la mandarina Nadorcott fue ilegal. Esta variedad no era novedosa, asegura Eurosemillas, es decir, ya existía en el mercado, bajo la denominación Afourer. Es el mismo argumento que esgrimen los agricultores valencianos y murcianos pero que, por ahora, los jueces españoles han rechazado.  

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