El Superior ratifica la condena al Ayuntamiento de Lemoiz por negar información

El Tribunal Superior de Justicia vasco ha ratificado la condena del Ayuntamiento de Lemoiz por denegar información medioambiental. Éste es el tercer fallo judicial contrario al consistorio por su rechazo a entregar a un grupo ecologista datos sobre las licencias de construcción concedidas en suelo no urbanizable durante los últimos cinco años.

Este caso se suscitó en noviembre de 2004, cuando la asociación naturalista Txipio Bai solicitó información sobre los permisos de construcción tramitados desde 1999 por el Ayuntamiento de Lemoiz. Un decreto de alcaldía dictado en junio de 2005 d...

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El Tribunal Superior de Justicia vasco ha ratificado la condena del Ayuntamiento de Lemoiz por denegar información medioambiental. Éste es el tercer fallo judicial contrario al consistorio por su rechazo a entregar a un grupo ecologista datos sobre las licencias de construcción concedidas en suelo no urbanizable durante los últimos cinco años.

Este caso se suscitó en noviembre de 2004, cuando la asociación naturalista Txipio Bai solicitó información sobre los permisos de construcción tramitados desde 1999 por el Ayuntamiento de Lemoiz. Un decreto de alcaldía dictado en junio de 2005 desestimó esta petición, aduciendo que los ecologistas habían cursado una "solicitud genérica".

En marzo de 2006, el Juzgado de lo Contencioso-Admnistrativo numero 2 de Bilbao exigió al consistirio a la entrega de una "copia íntegra" y "debidamente testimoniada" por el secretario municipal de toda la información gráfica y escrita sobre esta materia. Ante el recurso del Ayuntamiento, el juzgado número 4 volvió a dar un mes más tarde la razón a Txipio Bai, al señalar que tanto las leyes españolas como las comunitarias garantizan el acceso a la información de las administraciones "sin obligación de acreditar un interés determinado". El juzgado agregaba que las únicas excepciones para la denegación de estos datos es que fueran "deliberaciones internas" o que la formulación de la información sea tan genérica que "no sea posible determinar el objeto de lo solicitado".

Pago de las costas

La sentencia indicaba que en este caso no existía una solicitud genérica, sino que "se concreta a un periodo determinado y respecto a un tipo de licencias", por lo que instaba al Ayuntamiento de Lemoiz a facilitar la información solicitada. Ahora, el Tribunal Superior ha ratificado la ilegalidad de la denegación de datos y, además de dictar la obligación de facilitarlos, ha condenado al Ayuntamiento de Lemoiz al pago de las costas judiciales.

Hasta el momento, el consistorio no ha presentado esta información. Txipio Bai aseguró ayer que en los próximos días solicitará al Tribunal Superior la ejecución forzosa de la sentencia. Agregó que requerirá al alcalde, el peneuvista Pedro Botejara, "para que sea él personalmente, y no las arcas municipales, quien responda del pago de las costas judiciales". "Él ha tenido siempre el comportamiento ilegal; pues que pague", indicó un portavoz.

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Los ecologistas han sostenido que la denegación de estos datos y la posible concesión arbitraria de licencias de construcción en suelo no urbanizable pueden constituir sendos delitos de prevaricación. Las Directrices de Ordenación Territorial del País Vasco establecen que en estas áreas está prohibida la construcción de viviendas unifamiliares salvo que se demuestre una vinculación a una explotación agropecuaria.

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