Editorial:

Bares con filtro

Hoy concluye el plazo dado a los bares, restaurantes y otros establecimientos abiertos al público para adecuar sus locales a lo establecido en la ley antitabaco, en vigor desde el 1 de enero. Esa norma establece que en los establecimientos que tengan más de 100 metros cuadrados estará prohibido fumar salvo en las zonas acotadas y aisladas del resto del establecimiento, y que no podrán ocupar más del 30% del espacio total. Pero la realidad es que la mayoría de los establecimientos afectados por esa limitación no han realizado las obras necesarias para cumplirla.

El pretexto más socorrido...

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Hoy concluye el plazo dado a los bares, restaurantes y otros establecimientos abiertos al público para adecuar sus locales a lo establecido en la ley antitabaco, en vigor desde el 1 de enero. Esa norma establece que en los establecimientos que tengan más de 100 metros cuadrados estará prohibido fumar salvo en las zonas acotadas y aisladas del resto del establecimiento, y que no podrán ocupar más del 30% del espacio total. Pero la realidad es que la mayoría de los establecimientos afectados por esa limitación no han realizado las obras necesarias para cumplirla.

El pretexto más socorrido para su incumplimiento es el de la supuesta confusión de la ley. No es que lo sea (no más que cualquier otra), pero si se pone empeño puede conseguirse que lo parezca. Los gobiernos de las comunidades de Valencia y Andalucía han aprobado reglamentos de aplicación de la ley con la intención de rebajar su nivel de exigencia, y otros, como el de Madrid, han anunciado su intención de hacerlo. El efecto ha sido que en varias comunidades más se haya exigido lo mismo a sus gobiernos respectivos, dando por supuesto que, mientras tanto, la exigencia legal quedaba en el aire.

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Confusión interesada, porque el Ministerio y también las asociaciones de consumidores han venido advirtiendo de que el desarrollo reglamentario por las comunidades es una posibilidad, no una necesidad, y que en todo caso ese desarrollo no podrá desfigurar el contenido esencial de la ley; ése es el motivo de que haya recurrido el decreto aprobado en Valencia. Pero también el Ministerio de Sanidad contribuyó en su momento a la confusión al decir que si no se cumplía la norma podría endurecer la ley y prohibir directamente fumar en todo local de más de 100 metros cuadrados. Lo que fue esgrimido por los recalcitrantes para decir que no valía la pena hacer obras de separación si pronto iban a resultar inútiles.

En la justificación de la ley se puso mucho énfasis en los derechos de los llamados fumadores pasivos: los que, sin fumar, comparten los riesgos para su salud de quienes lo hacen. Un informe médico auspiciado por la Comisión Europea difundido en marzo pasado constataba que el tabaquismo pasivo mata cada año a cerca de 80.000 ciudadanos de la UE. La aplicación de la ley en los centros de trabajo ha resultado eficaz y poco conflictiva; para que lo mismo ocurra en los establecimientos públicos sería muy conveniente que las administraciones autonómicas renunciasen al vicio de enmendar la plana al Parlamento, y más tratándose de una norma que fue aprobada por unanimidad.

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