Los municipios podrán vigilar y multar a los locales que vulneren la ley del tabaco

La Generalitat y la Administración local compartirán competencias, según un decreto de Salud

La vigilancia del cumplimiento de la ley del tabaco en espacios de uso público en Cataluña no será una tarea exclusiva de la Generalitat. Un decreto que prepara el Departamento de Salud establece que el Gobierno catalán compartirá competencias con los municipios para inspeccionar locales, abrir expedientes y sancionar a quienes incumplan la ley antitabaco, en vigor desde el pasado 1 de enero. En los seis primeros meses de andadura de esta normativa, en Cataluña se han realizado más de 4.000 inspeccciones y se han abierto una docena de expedientes sancionadores.

Tanto la inspección de es...

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La vigilancia del cumplimiento de la ley del tabaco en espacios de uso público en Cataluña no será una tarea exclusiva de la Generalitat. Un decreto que prepara el Departamento de Salud establece que el Gobierno catalán compartirá competencias con los municipios para inspeccionar locales, abrir expedientes y sancionar a quienes incumplan la ley antitabaco, en vigor desde el pasado 1 de enero. En los seis primeros meses de andadura de esta normativa, en Cataluña se han realizado más de 4.000 inspeccciones y se han abierto una docena de expedientes sancionadores.

Tanto la inspección de establecimientos como la apertura de expedientes sancionadores han sido asumidas por técnicos de la Generalitat en todas las localidades de Cataluña, a excepción de la ciudad de Barcelona, donde estas competencias las ha ejercido también el personal de la Agencia de Salud Pública del Ayuntamiento.

Pero la Generalitat pretende que el resto de municipios catalanes puedan desempeñar también la misma función inspectora y sancionadora. Así lo establece el borrador del decreto que el Departamento de Salud ha dado a conocer a los ayuntamientos a través de la Federación Catalana de Municipios y de la Asociación de Municipios de Cataluña. El decreto, que la Generalitat quiere aprobar antes de acabar la legislatura, permitirá desplegar en Cataluña la ley estatal contra el tabaco. Todas las comunidades deben elaborar sendos decretos para el desarrollo de la ley básica. Ésta no se puede flexiblizar en ningún caso, pero sí endurecer.

El borrador de decreto no hace ni una cosa ni otra. Simplemente, no entra en detalles sobre los criterios que tienen que cumplir los establecimientos para dejar fumar o no, ya que "la ley estatal es suficientemente explícita al respecto", señala Antoni Plasencia, director general de Salud Pública de la Generalitat.

Reparto de competencias

El texto entregado a los municipios tampoco modifica la tipificación y la cuantía de las sanciones que detalla la ley estatal, pero sí especifica el reparto de competencias en materia de inspección, apertura de expedientes e imposición de sanciones. Plasencia agrega que el decreto se inspira en la Ley de Protección de la Salud. Esta normativa ya establece competencias compartidas entre los ayuntamientos y la Generalitat en la inspección y sanción a empresas o personas que atenten contra la salud pública, principalmente en materia ambiental o alimentaria.

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Así, para controlar el cumplimiento de la ley contra el tabaco en establecimientos como cafeterías, restaurantes o locales de ocio nocturno, la tarea de los inspectores de la Generalitat (de los departamentos de Salud y Turismo y Comercio) podrá complementarse con la de técnicos municipales si así lo desean los ayuntamientos. El director general de Salud Pública explica que los municipios pequeños sin personal capacitado para realizar las inspecciones podrán pedir que la ejerzan los técnicos de la Agencia de Protección de la Salud, dependiente del Departamento de Salud. "También se da la oportunidad a los ayuntamientos que disponen de personal propio a adscribirlo a esta agencia mediante un convenio", explica Plasencia. En el caso de los locales de ocio nocturno las tareas de vigilancia del cumplimiento de la ley recaerán principalmente en los agentes municipales o la policía autonómica.

Los municipios, en cambio, no tendrán competencias para controlar el cumplimiento de la ley contra el tabaco en la empresa privada, ya que serán asumidas en exclusiva por los inspectores del Departamento de Trabajo de la Generalitat.

En caso de vulneración de la ley, el decreto especifica los organismos que tendrán capacidad para imponer las sanciones en función de su cuantía.

Por ejemplo, se detalla que el Gobierno de la Generalitat impondrá las multas que superen los 400.000 euros; la consejera de Salud, las que oscilen entre 400.000 y 60.000 euros y el director de la Agencia de Protección de la Salud, las inferiores a esta suma. En el ámbito local, el alcalde tendrá potestad para imponer las sanciones de hasta 100.000 euros y el pleno municipal, las que no superen esta cifra.

El Departamento de Salud se planteó a principios de año la posibilidad de endurecer la ley estatal contra el tabaco para los bares y restaurantes de menos de 100 metros cuadrados. Ahora pueden elegir entre ser libres de humo o dejar fumar, pero la Generalitat pretendía que se prohibiera el tabaco en todos los establecimientos pequeños para garantizar la protección de la salud de sus trabajadores.Ante las quejas del sector, optó por posponer al menos un año la decisión sobre estos locales de superficie reducida.

Ley suavizada

En relación con los establecimientos de más de 100 metros cuadrados que deseen crear una área de fumadores, Salud ha anunciado mano dura si el próximo 1 de septiembre no han realizado las obras para compartimentar ambas zonas y evitar que el humo se filtre hacia el área libre de humo.

El único decreto de desarrollo de la ley del tabaco aprobado hasta el momento, el de la Comunidad Valenciana, sí ha modificado la normativa básica, pero para hacerla más suave, por lo que el Ministerio de Sanidad ha anunciado un recurso contencioso-administrativo. Por un lado, la ley valenciana no exige compartimentación física entre el área de fumadores y la libre de humo de los restaurantes de mayor tamaño y, por otro lado, fija en 120 metros cuadrados, en lugar de los 100 que establece la ley estatal, la superficie mínima para que los establecimientos tengan la opción de crear espacios para los clientes que quieran fumar.

Un grupo de clientes fumando en un restaurante de Barcelona.JOAN SÁNCHEZ

DESPLIEGUE DE LA LEY DEL TABACO

- El borrador que prepara el Departamento de Salud determina que las competencias inspectoras y sancionadoras en bares, restaurantes y locales de ocio las compartirán la Generalitat y los ayuntamientos. En el caso de la ciudad de Barcelona, las asumirán la Agencia de Salud Pública y la Generalitat

- En la empresa privada, la inspección y apertura de expedientes corresponderá al Departamento de Trabajo de la Generalitat

- Las sanciones de más de 400.000 euros las impondrá el Gobierno catalán. Las superiores a 60.000, la consejera de Salud. - En la Administración local, las multas de hasta 100.000 euros serán impuestas por la alcaldía, y las de hasta 300.000, por el pleno municipal.

- El texto no modifica los criterios establecidos en la ley que deben cumplir los locales para dejar fumar: convertirse en libres de humo o crear áreas de fumadores.

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