Condenada en Cantabria una multinacional por impedir a una mujer acceder a un empleo

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha condenado a la multinacional petroquímica Solvay por discriminación femenina. La firma contrató en 2004 a 12 hombres como operadores de la planta industrial de Torrelavega y excluyó a una candidata que cumplía los requisitos (estaba más capacitada incluso que tres de los elegidos), pese a que el convenio establece discriminación positiva. Los jueces obligan a admitir a la perjudicada en el futuro. La sentencia es recurrible en casación.

Una conducta "contraria al principio de igualdad constitucional de acceso al empleo de las mujeres". As...

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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha condenado a la multinacional petroquímica Solvay por discriminación femenina. La firma contrató en 2004 a 12 hombres como operadores de la planta industrial de Torrelavega y excluyó a una candidata que cumplía los requisitos (estaba más capacitada incluso que tres de los elegidos), pese a que el convenio establece discriminación positiva. Los jueces obligan a admitir a la perjudicada en el futuro. La sentencia es recurrible en casación.

Una conducta "contraria al principio de igualdad constitucional de acceso al empleo de las mujeres". Así lo estima el tribunal, que condena a la empresa Solvay "al cese inmediato en la actitud de atentado a la igualdad en el acceso al empleo por razón de sexo". Le obliga a aplicar el artículo de su convenio que establece que, a igual aptitud de los candidatos, debe contratarse a quien forme parte del sexo menos representado. Según el sindicato USO, autor de la demanda contra Solvay, ninguna mujer desempeña el puesto de operador de planta en la fábrica de Torrelavega. Para ella se habían convocado 12 vacantes el año pasado, cubiertas finalmente con otros tantos hombres.

La Sala de lo Social ordena también a la empresa que "considere como candidata en reserva a la trabajadora que superó las pruebas incluida la psicotécnica, y fue excluida en la entrevista personal, para su contratación preferente en las nuevas contrataciones prevsitas en 2005 y 2006". También establece que "se reparen las consecuencias derivadas de dicha conducta de atentado al principio de igualdad en el acceso al empleo mediante el abono de una indemnización de 1.202 euros".

"Es una sentencia importantísima que ayudará a que la mujer esté en plena igualdad con el hombre en sectores fuertemente masculinizados", asegura el secretario confederal de acción sindical de USO, José Vía.

"Discriminación directa"

La decisión judicial se refiere a la contratación de 12 operadores de planta (uno de los puestos mejor retribuidos, según fuentes sindicales). Los candidatos debían tener el título de Formación Profesional de segundo grado (posteriormente se añadió que tenía que ser en rama industrial) y se valoraba la experiencia previa en la industria. La empresa Tea-Cegos se encargó del proceso de selección. Se presentaron 420 candidatos (331 hombres y 89 de mujeres), según la sentencia. Se convocó a 158 (146 hombres y 12 mujeres) para las pruebas psicotécnicas. Al paso siguiente, la entrevista personal, se llamó a 36 aspirantes (todos varones salvo una mujer). Finalmente, la empresa contrató a 12 hombres. Tres de ellos carecían del nivel de formación técnica del que sí disponía la candidata excluida. Este hecho lleva al tribunal a afirmar: "Parece que nos movemos ya incluso en el ámbito de la estricta discriminación directa, si no indirecta".

La sentencia también recoge que el Convenio General de Industrias Químicas "establece una cláusula de discriminación positiva que exige que, en igualdad de condiciones de idoneidad, la preferencia para la contratación del género menos representado en el grupo profesional de que se trate". En la planta de Solvay en Torrelavega trabajan 611 personas, de las que sólo 29 son mujeres, según Vía. Todas son administrativas, excepto cinco que están empleadas en laboratorio.

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