Los directores de centros escolares afirman que la ley les resta poder sancionador

Los representantes de los equipos directivos de centros escolares se reunieron hace unos días con responsables del Ministerio de Educación. Querían hacerles ver que la nueva Ley Orgánica de Educación (LOE) les deja sin capacidad ejecutiva ni disciplinaria en sus centros. "Hemos perdido", dicen, "la posibilidad de sancionar, y, por tanto, la inmediatez para resolver los conflictos en los colegios". La queja la expone José Antonio Martínez, presidente de la Federación de directivos de centros educativos públicos (Fedadi) y director del instituto Pío Baroja de Madrid. Lleva prácticamente toda su ...

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Los representantes de los equipos directivos de centros escolares se reunieron hace unos días con responsables del Ministerio de Educación. Querían hacerles ver que la nueva Ley Orgánica de Educación (LOE) les deja sin capacidad ejecutiva ni disciplinaria en sus centros. "Hemos perdido", dicen, "la posibilidad de sancionar, y, por tanto, la inmediatez para resolver los conflictos en los colegios". La queja la expone José Antonio Martínez, presidente de la Federación de directivos de centros educativos públicos (Fedadi) y director del instituto Pío Baroja de Madrid. Lleva prácticamente toda su vida profesional dedicado a cargos directivos en institutos.Hasta la Ley de Calidad del PP, las funciones relativas a la disciplina recaían en el consejo escolar del centro, un órgano colegiado donde están representados padres, alumnos, profesores, directores, entre otros. La Ley de Calidad atribuyó al director la capacidad de imponer las medidas disciplinarias a los alumnos de acuerdo con las normas y criterios previstos. Pero, por otro lado, "la Administración tenía demasiado peso a la hora de elegir director", según Martínez. La nueva ley que ha redactado el Gobierno socialista (pendiente de ser aprobada en el Parlamento) descarga el peso de la elección de director en tres pilares: el claustro (profesores), la administración y el consejo escolar del centro, a partes iguales. "Eso nos parece bien, es equilibrado, pero, por contra, nos quita las competencias que recogía la Ley de Calidad, de disciplina y se las devuelven al consejo escolar, que es quien puede aplicar sanciones. Y a nosotros sólo nos dejan ejercer la dirección pedagógica; y nos preguntamos ¿cómo hacemos eso?, porque tampoco tenemos herramientas para ello", resume Martínez.

Castigo sin efecto

Convocar con urgencia al claustro escolar para solucionar un conflicto puede llevar días, porque son alrededor de 20 o 25 personas. "Pero instruir un expediente sancionador para expulsar a un alumno algunos días, por ejemplo, puede llevar incluso un mes. Cuando llega el castigo ha perdido todo su efecto y su carácter pedagógico", prosigue Martínez. Los directores piden esa capacidad ejecutiva para "agilizar" los trámites. "Pero, que no se nos entienda mal, pedimos una dirección fuerte con órganos de control fuertes. No estamos pidiendo poder hacer lo que nos dé la gana", aclara.

Su escasa capacidad ejecutiva con los alumnos, "no es nada comparada con la que se tiene con los profesores. Ellos están bien protegidos por los sindicatos y nosotros nos sentimos completamente huérfanos", añade.

Martínez recuerda con amargura el último pleno del Consejo Escolar del Estado, el que trataba la LOE, donde se discutieron más de 1.800 enmiendas: "El único aplauso que se escuchó allí fue cuando se votó a favor de que fuera el consejo escolar quien eligiera al director".

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