EL MATRIMONIO HOMOSEXUAL

El matrimonio homosexual y el Tribunal Constitucional

Cuatro juristas analizan las posibilidades de que la norma que permitirá las bodas gays sea avalada por el máximo intérprete de la ley de leyes

La ley que permite los matrimonios entre personas del mismo sexo entró en vigor el pasado 2 de julio, y ya hay al menos una pareja -Emilio Menéndez y Carlos Baturín, que se casaron el lunes- que han hecho uso de ella. Su aplicación pacífica sólo podría romperse si una eventual impugnación de la ley fuera acogida por el Tribunal Constitucional y anulada total o parcialmente, o si los funcionarios encargados de formalizar los matrimonios pudieran negarse, con algún fundamento legal, a realizarlos.

Sobre ambas cuestiones este periódico ha recabado la opinión de cuatro juristas, de distinta...

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La ley que permite los matrimonios entre personas del mismo sexo entró en vigor el pasado 2 de julio, y ya hay al menos una pareja -Emilio Menéndez y Carlos Baturín, que se casaron el lunes- que han hecho uso de ella. Su aplicación pacífica sólo podría romperse si una eventual impugnación de la ley fuera acogida por el Tribunal Constitucional y anulada total o parcialmente, o si los funcionarios encargados de formalizar los matrimonios pudieran negarse, con algún fundamento legal, a realizarlos.

Sobre ambas cuestiones este periódico ha recabado la opinión de cuatro juristas, de distintas tendencias ideológicas.

En relación con la prosperabilidad de un hipotético recurso ante el Tribunal Constitucional, sólo José Gabaldón, magistrado jubilado, ex vicepresidente del máximo intérprete de la Constitución y, con anterioridad, presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura, mayoritaria y conservadora, cree que un recurso de inconstitucionalidad "puede prosperar" y que la objeción de conciencia a la aplicación de la ley es constitucionalmente posible. En cambio, los tres catedráticos de Derecho Constitucional en activo Juan José Solozábal, Antonio Torres del Moral y Gregorio Cámara consideran, con distintos matices, que una impugnación de la ley no prosperará ante el Tribunal Constitucional, aunque los dos primeros aprecian la dificultad de la utilización del término "matrimonio".

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Sobre las hipotéticas dificultades jurídicas para la celebración del nuevo tipo de matrimonio, los tres constitucionalistas se muestran contrarios a la objeción de conciencia, si bien Torres del Moral estima que sería "prudente" introducirla en la ley.

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