Editorial:

España habla plural

El Gobierno español ha solicitado formalmente a la UE el reconocimiento en la futura Constitución europea del catalán, el euskera y el gallego. No se trata de darles el mismo rango funcional que tienen las lenguas de trabajo de la Unión, pero sí que los ciudadanos puedan dirigirse a los órganos de la comunidad en cualquiera de ellas, y que el texto constitucional se traduzca a todos los idiomas cooficiales de España.

Es una petición llena de lógica, a la que la incorporación de nuevos países a la UE hasta los 25 actuales da todavía más sentido. Tras la ampliación, idiomas con mucho meno...

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El Gobierno español ha solicitado formalmente a la UE el reconocimiento en la futura Constitución europea del catalán, el euskera y el gallego. No se trata de darles el mismo rango funcional que tienen las lenguas de trabajo de la Unión, pero sí que los ciudadanos puedan dirigirse a los órganos de la comunidad en cualquiera de ellas, y que el texto constitucional se traduzca a todos los idiomas cooficiales de España.

Es una petición llena de lógica, a la que la incorporación de nuevos países a la UE hasta los 25 actuales da todavía más sentido. Tras la ampliación, idiomas con mucho menor número de hablantes que el catalán, como el estonio o el maltés, son ya lenguas de trabajo. Las almas medrosas ante la riqueza babélica, que ven como un estorbo, habían aducido razones de tipo práctico para que la UE ignorara lenguas absolutamente vivas y vigorosas, tanto o más que otras que son, sin embargo, oficiales. Aparentemente, el problema era de costes y engorros. Pero detrás había, y hay, la reticencia de Estados que no tienen reconocida la pluralidad lingüística dentro de sus fronteras y, en consecuencia, también la niegan extramuros.

Los anteriores Gobiernos no contemplaron nunca las lenguas cooficiales de España como patrimonio a tutelar y defender. Por esta razón, el paso dado por el Ejecutivo de Zapatero merece el aplauso. Y para justificarla no hace falta entrar en especulación alguna sobre identidades colectivas. La petición se enmarca, simplemente, dentro de los derechos individuales del ciudadano a dirigirse en su idioma propio, reconocido por el Estado, a las instituciones europeas.

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