Permiso para 'un acto de amor'

Un magistrado, un fiscal y dos abogados están a favor de la autorización judicial, mientras que otros dos juristas plantean dudas e interrogantes.

Jesús Bernal, fiscal de la Sala Civil del Supremo. 'Si el marido no puede prestar el consentimiento, el asunto hay que encaminarlo hacia lograr la autorización judicial para el acto personalísimo de procrear, que es lógico y humano, pero sólo puede realizarse mediante autorización judicial. Hay una sentencia del Supremo que en un caso similar suplió la falta de consentimiento de un incapaz mediante la autorización judicial para instar ...

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Un magistrado, un fiscal y dos abogados están a favor de la autorización judicial, mientras que otros dos juristas plantean dudas e interrogantes.

'Los intereses de la hija actual no pueden afectar a un derecho personalísimo'

Jesús Bernal, fiscal de la Sala Civil del Supremo. 'Si el marido no puede prestar el consentimiento, el asunto hay que encaminarlo hacia lograr la autorización judicial para el acto personalísimo de procrear, que es lógico y humano, pero sólo puede realizarse mediante autorización judicial. Hay una sentencia del Supremo que en un caso similar suplió la falta de consentimiento de un incapaz mediante la autorización judicial para instar un divorcio'.

José Luis Mazón, abogado. 'La petición de la esposa para hacerse inseminar de su marido está avalada por el derecho a que se respete su vida privada y familiar, garantizado por el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, según el cual 'toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar' y se prohíbe la injerencia de la autoridad pública en su ejercicio, salvo casos necesarios en una sociedad democrática. En consecuencia, la oposición del fiscal es una injerencia desproporcionada en ese derecho fundamental a la privacidad familiar'.

Cristina Almeida, abogada. 'La decisión de la mujer es un acto de amor hacia el marido enfermo: tener un hijo suyo. Creo que ante la incapacidad del inseminador, su voluntad puede sustituirse por la autorización judicial para un acto personalísimo, a instancias de los representantes del enfermo. Lo avala la relación inequívoca de ambos cónyuges'.

Luis Zarraluqui, presidente de los abogados de familia. 'Es una situación dura, difícil, que desde una perspectiva afectiva, convulsiona. La ley obliga al consentimiento del donante y exige muchas garantías porque se trata de la donación de una fuente de vida. ¿Hasta qué punto el juez puede sustituir el consentimiento del donante?'

Félix Pantoja, vocal del Consejo del Poder Judicial. 'Es un asunto muy complicado, porque no se trata de salvar una vida ya existente, sino que está en cuestión el nacimiento de un ser humano. ¿Puede tomarse unilateralmente esa decisión? Es un caso para filósofos y humanistas'.

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