Cambios para agilizar los registros

El Gobierno zanja el debate sobre la libre competencia entre registradores

El Gobierno ha aprovechado el paso de la ley de acompañamiento a los presupuestos por el Senado para zanjar el debate sobre la libre elección de registradores. 'No se puede elegir registrador de la misma manera que no se puede elegir juez', explica la directora general de los Registros y del Notariado, Ana López-Monís. Así que ningún particular ni empresa va a poder acudir al registro que desee para inscribir la adquisición de un piso, por poner sólo el ejemplo más típico, como se llegó a plantear el Ejecutivo y apoyaba el Consejo General del Notariado. A cambio se introducen algunas reformas ...

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El Gobierno ha aprovechado el paso de la ley de acompañamiento a los presupuestos por el Senado para zanjar el debate sobre la libre elección de registradores. 'No se puede elegir registrador de la misma manera que no se puede elegir juez', explica la directora general de los Registros y del Notariado, Ana López-Monís. Así que ningún particular ni empresa va a poder acudir al registro que desee para inscribir la adquisición de un piso, por poner sólo el ejemplo más típico, como se llegó a plantear el Ejecutivo y apoyaba el Consejo General del Notariado. A cambio se introducen algunas reformas para agilizar el funcionamiento de los registros.

Cada año se inscriben cinco millones de documentos en los 900 registros de la propiedad y mercantiles que existen en España. Para ello hay que acudir al registro correspondiente, es decir allí donde se encuentre el inmueble en cuestión o a la capital de provincia en el caso de que se trate de un acto jurídico que afecte a una empresa. La introducción de competencia en este sector le haría más eficaz y abarataría su coste, aseguran los defensores de la libre elección de registrador.

'No se puede elegir registrador de la misma manera que no se puede elegir juez', explica la directora general, Ana López-Monís

La reforma diseñada por el Ministerio de Justicia que dirige Ángel Acebes se queda muy corta en este sentido. Se reduce el plazo que tienen los registradores para inscribir o rechazar un documento, de 60 a 15 días, y se abre la posibilidad de recurrir a un sustituto si no se cumple éste o se rechaza la inscripción, explica López-Monís. Salirse del plazo implica además una reducción de un 30% de los aranceles que cobra el registrador.

El cuadro de sustituciones debe aún ser definido en el reglamento que desarrolla la ley, pero la intención de Justicia es que éste salga de una terna de registradores de la misma provincia o de la limítrofe. La elección estaría además limitada por el hecho de que dos registradores no podrían sustituirse mútuamente.

Esta solución intermedia no evita algunos problemas actuales. Es el caso de las grandes operaciones empresariales que afectan a varios registros. Un abogado especializado pone el ejemplo de una empresa que quiere deshacerse de sus inmuebles, un outsourcing inmobiliario que está de moda. El notario puede recoger en una misma escritura todos los edificios, pero tendrá que enviar ésta a tantos registros como sitios donde están radicados. El problema es que el mismo documento puede ser inscrito en un registro y rechazado en otro, asegura este profesional.

El proyecto palia sólo en parte estas dificultades. Al dar cobertura al uso de nuevas tecnologías en este ámbito, ya que reconoce la utilización de Internet entre notarios y registradores, se facilita la transmisión de documentos y el cumplimiento de los plazos. Ambos colectivos tendrán seis meses desde que entren en vigor los cambios para tener firma electrónica -algo así como un documento de identidad para medios telemáticos-, un proyecto que los registradores tienen ya avanzado. Aunque este canal está vetado a los particulares, incluidas las grandes empresas, permitirá ahorrar un tiempo considerable en operaciones realizadas a distancia. Por ejemplo, si un ciudadano de Madrid quiere inscribir en el registro el chalé que se acaba de comprar en la Costa Brava puede acudir a un notario de la capital -siempre se ha podido elegir entre los alrededor de 3.000 notarios que hay en España- que puede envíar a través del correo electrónico el poder notarial para que se tramite en Asturias.

Todos estos cambios suponen 'un avance', en opinión de los dos colectivos afectados, registradores y notarios, que se muestran satisfechos con la reforma. Pero con matices. Para los notarios ésta supone 'subir un escalón o dos en el buen camino', afirma el delegado de Imagen del Consejo General del Notariado, José Aristónico García.

El debate corporativo que se ha suscitado en las últimas semanas -con los notarios apoyando la libre competencia de registradores y éstos resistiéndose- tiene su explicación en dos cuerpos que son casi hermanos, pero viven situaciones muy diferentes. De ahí que sean habituales las tensiones, reconoce López-Monís. La reforma del Gobierno, que aún debe pasar por el pleno del Senado y volver al Congreso, acalla de momento el debate.

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