LA NUEVA FINANCIACIÓN DE EUSKADI

El Ejecutivo adopta la medida para 'evitar el vacío legal'

El Gobierno central aclaró ayer que la prórroga por un año del Concierto Económico Vasco, firmado en 1981 con un periodo de vigencia que concluye el próximo 31 de diciembre, pretende evitar las consecuencias de un vacío legal. 'La Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para el País Vasco garantizan la existencia de un régimen de Concierto como rasgo esencial de la foralidad. En este sentido, la existencia y continuidad del Concierto constituyen la expresión material de la misma, y es una exigencia para las instituciones del Estado', explicó ayer el Ejecutivo central a través de una n...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

El Gobierno central aclaró ayer que la prórroga por un año del Concierto Económico Vasco, firmado en 1981 con un periodo de vigencia que concluye el próximo 31 de diciembre, pretende evitar las consecuencias de un vacío legal. 'La Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para el País Vasco garantizan la existencia de un régimen de Concierto como rasgo esencial de la foralidad. En este sentido, la existencia y continuidad del Concierto constituyen la expresión material de la misma, y es una exigencia para las instituciones del Estado', explicó ayer el Ejecutivo central a través de una nota. En ella recuerda que tras semanas de negociaciones con los representantes vascos han acordado numerosas mejoras, 'casi 70', al sistema de financiación:

Más información

- Vigencia. A diferencia del anterior acuerdo, las dos partes han acordado la vigencia indefinida del nuevo Concierto Económico Vasco.

- Mayor capacidad fiscal. Ampliación de las competencias del País Vasco en capacidad normativa sobre materia tributaria, 'fundamentalmente en materia de no residentes'. Se atribuye la recaudación a la administración vasca cuando el no residente tiene la mayor parte de sus bienes en Euskadi.

Se ha elevado la cifra de volumen de operaciones de la sociedad, de 500 millones a 1.000 millones de pesetas, que tributan exclusivamente en el País Vasco. Se le atribuye a Euskadi la recaudación del IVA que grava las ventas a distancia y la capacidad normativa para incrementar hasta en un 10% los tipos del impuesto especial de matriculación de determinados medios de transporte.

- Colaboración. Las dos administraciones acordaron, antes de la ruptura, establecer un procedimiento amistoso para determinar en qué momento se ha producido un cambio de domicilio del contribuyente.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

- Capacidad financiera. El cupo -cantidad que Euskadi ingresa y paga a la administración central por servicios no transferidos- se establece a partir de una 'actualización moderada del vigente e incluye la financiación de la sanidad, de los servicios sociales y del resto de servicios'. 'Se consolida definitivamente en el Cupo la financiación por el Estado de la Policía Autónoma del País Vasco en sus niveles actuales'.

- Participación en la UE. 'El Estado', según el comunicado remitido ayer por el Gobierno, ha ofrecido 'potenciar la colaboración eficaz de las instituciones vascas en las materias comunitarias, cuando afecten al interés directo de dichas instituciones y se encuentren entre las competencias comprendidas en el Concierto'.

Archivado En