Absuelto el floricultor acusado de contrabando de tortugas

La juez del Juzgado de lo Penal número 2 de Arenys de Mar absolvió ayer a Sebastià Tolrà, un floricultor de Vilassar de Mar, del delito de contrabando del que la Fiscalía de Medio Ambiente le acusaba por tener en su finca más de 200 tortugas de tierra de la especie mediterránea Testudo hermanni. La fiscalía pedía para Tolrà una pena de tres años de prisión y una multa de 30 millones de pesetas por el presunto uso con fines comerciales de estos animales, originarios del suroeste de Europa.

Tolrà fue denunciado en noviembre de 1999 al Centro de Recuperación de Anfibios y Reptiles d...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La juez del Juzgado de lo Penal número 2 de Arenys de Mar absolvió ayer a Sebastià Tolrà, un floricultor de Vilassar de Mar, del delito de contrabando del que la Fiscalía de Medio Ambiente le acusaba por tener en su finca más de 200 tortugas de tierra de la especie mediterránea Testudo hermanni. La fiscalía pedía para Tolrà una pena de tres años de prisión y una multa de 30 millones de pesetas por el presunto uso con fines comerciales de estos animales, originarios del suroeste de Europa.

Tolrà fue denunciado en noviembre de 1999 al Centro de Recuperación de Anfibios y Reptiles de Cataluña, en Masquefa. El denunciante anónimo habló con uno de los trabajadores de Tolrà, que le explicó que el encausado se sacaba un sobresueldo comerciando con las tortugas. Tolrà, que negó rotudamente esta acusación, señaló que tenía tortugas desde hace 40 años, cuando, siendo niño, su padre le regaló tres ejemplares.

Uno de los argumentos que más revuelo levantaron durante el juicio fue la posibilidad de que estos animales pertenecieran a una especie protegida. El abogado de la defensa, Jordi Palou, se refirió a la ley estatal que establece cuatro categorías de protección. Precisamente, las tortugas mediterráneas son animales protegidos; pero, contrariamente a lo que argumentaron fiscal y técnicos, no se encuentran en peligro de extinción. El letrado recordó que si bien la ley penaliza la comercialización de estos animales, no es delito tenerlos. Este argumento es el que ha servido para la absolución de Tolrà, ya que no se ha podido probar que sus fines fueran comerciales.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Archivado En