"Las autoridades españolas tienen bases claras para presentar recurso"

Lo que sigue es una transcripción casi completa del informe que el abogado Alun Jones remitió el 20 de enero a la fiscalía británica para que ésta lo hiciera llegar al Gobierno español, en respuesta a preguntas formuladas por el Ministerio de Asuntos Exteriores sobre la revisión judicial de la posible liberación de Pinochet:1. A las 9.40 horas de hoy recibí una llamada telefónica de Brian Gibbins, quien me dijo con urgencia que el Gobierno español necesitaba un asesoramiento escrito para hoy sobre si existían bases para apelar en revisión judicial respecto al anuncio del ministro del Interior....

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

Lo que sigue es una transcripción casi completa del informe que el abogado Alun Jones remitió el 20 de enero a la fiscalía británica para que ésta lo hiciera llegar al Gobierno español, en respuesta a preguntas formuladas por el Ministerio de Asuntos Exteriores sobre la revisión judicial de la posible liberación de Pinochet:1. A las 9.40 horas de hoy recibí una llamada telefónica de Brian Gibbins, quien me dijo con urgencia que el Gobierno español necesitaba un asesoramiento escrito para hoy sobre si existían bases para apelar en revisión judicial respecto al anuncio del ministro del Interior.

2. (...) Estoy en la creencia de que las autoridades de España tienen esas bases [para recurrir]. Entiendo la posición como sigue:

- La petición de 'habeas corpus' por parte del general Pinochet

3. El general Pinochet ha llenado un formulario de habeas corpus e intenta argumentar ante el Tribunal Divisional el próximo 20 de marzo que fue detenido ilegalmente y que la petición de extradición es injusta y cruel en razón del paso del tiempo, y por el hecho de que la solicitud de extradición no está formulada de buena fe en interés de la justicia.

- El examen médico

4. El general Pinochet dio su consentimiento a un examen médico solicitado por el Gobierno de Chile y, de acuerdo con la carta del ministro [Straw] del 11 de enero de 2000, acordó que el informe [médico] fuera puesto a disposición de las "autoridades fiscales". (...)

Conocer lo que pasa fuera, es entender lo que pasará dentro, no te pierdas nada.
SIGUE LEYENDO

6. La petición de habeas corpus no ha sido retirada (...), y el general no ha solicitado regresar a Chile por razones de salud. No se mencionan razones médicas en su petición de habeas corpus o (...) como parte de "todas las circunstancias" que el tribunal ha sido encargado de tener en cuenta. En la audiencia realizada el 3 de diciembre ante el Alto Tribunal de Justicia se ha planteado, específicamente, que el general Pinochet no va a invocar para nada el tema de la salud.

- Las bases del recurso

7. Las bases del recurso son:

8. El Gobierno español es parte en la extradición y no conoce las pruebas que sustentan la conclusión de los médicos. Es seguro que tiene derecho a saber, como cuestión de justicia, las bases en las que el autor de la decisión [el ministro] ha determinado que el general está "incapacitado para someterse a juicio", especialmente cuando los abogados del general (...) no lo invocan, y dado que el general mantiene su recurso contra la decisión de extradición del 8 de octubre.

9. Si se recibe el informe [médico], serán las autoridades españolas quienes deberán decidir si lo aceptan, o solicitar que el Gobierno de España debe ser el que instruya a sus abogados.

10. Hasta el presente, no conocemos las bases de la prueba legal que el ministro y los doctores han aplicado. La prueba de incapacidad para someter a una persona a juicio está normalmente reservada para el Tribunal de la Corona [Crown Court], pero no en esta fase. En la ley inglesa, la prueba es muy estricta; es decir, si un acusado puede entender los cargos, dar instrucciones o entender las pruebas.

11. La justicia requiere que el responsable de la decisión [ministro] ofrezca las razones apropiadas para su decisión. Las autoridades españolas tienen bases claras para recurrir. (...)

13. Se puede también argumentar con solidez que ninguna decisión puede ser adoptada sin que haya sido solicitada por el general, o sin el abandono previo de su petición de habeas corpus.

- Calendario

14. Con un día de anticipo se anunciará que se va a informar de la decisión [final]. Es imperativo que tengamos instrucciones con gran celeridad si tenemos que proceder a recurrir, de modo que estemos preparados con una petición de medida cautelar [para evitar la libertad] y de permiso de revisión judicial cuando tenga lugar la notificación.

20 de enero de 2000

Firmado: Alun Jones, abogado de la Reina.

Archivado En