Intimidad de los donantes

Algunas de las disposiciones de la nueva norma sobre transplantes son producto simplemente del paso de los años. Cuando se aprobó el anterior Real Decreto general sobre la materia, en 1980, el desarrollo informático apenas comenzaba. Hoy en día, los ordenadores forman parte imprescindible de casi cualquier trabajo. De forma paralela a la generalización de la informática ha crecido la preocupación por el tratamiento que se hace de los datos personales.Para garantizar el derecho a la intimidad tanto de los donantes de órganos como de sus beneficiarios -de cada fallecido pueden extraerse hasta 42...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

Algunas de las disposiciones de la nueva norma sobre transplantes son producto simplemente del paso de los años. Cuando se aprobó el anterior Real Decreto general sobre la materia, en 1980, el desarrollo informático apenas comenzaba. Hoy en día, los ordenadores forman parte imprescindible de casi cualquier trabajo. De forma paralela a la generalización de la informática ha crecido la preocupación por el tratamiento que se hace de los datos personales.Para garantizar el derecho a la intimidad tanto de los donantes de órganos como de sus beneficiarios -de cada fallecido pueden extraerse hasta 42 trozos susceptibles de ser donadas a diferentes enfermos-, el texto asegura que "no podrán facilitarse ni divulgarse informaciones que permitan la identificación" de ambos. La información contenida en las bases de datos de la Organización Nacional de Trasplantes será "tratada y custodiada en la más estricta confidencialidad".

Más información

La nueva norma no olvida, sin embargo, que ese principio debe ser conjugado con la necesidad de mantener un hilo conductor entre donante y receptor. Así se constata en el artículo 5, que asegura que la confidencialidad "no impedirá la adopción de medidas preventivas cuando se sospeche de la existencia de riesgos para la salud".

Sobre la firma

Archivado En