EL ENCARCELAMIENTO DE BARRIONUEVO Y VERA

Interior pidió aclaraciones al Supremo sobre cómo ejecutar las penas de los ex altos cargos socialistas

Interior pidió ayer aclaraciones al Supremo sobre cómo ejecutar las penas de 10 años impuestas al ex ministro José Barrionuevo y al ex secretario de Estado Rafael Vera como consecuencia de la sentencia del caso Marey.Interior desconocía cómo debía ejecutar la decisión del Supremo y esperaba que desde la Sala Segunda se concretase la forma de cumplir la resolución: cuándo debe realizarse el ingreso en prisión, el plazo de que disponen los acusados para hacerlo, si deben ser conducidos y y en qué prisión deben quedar internados.

A las 19 horas, sin embargo, tras las oportunas comunicacion...

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Interior pidió ayer aclaraciones al Supremo sobre cómo ejecutar las penas de 10 años impuestas al ex ministro José Barrionuevo y al ex secretario de Estado Rafael Vera como consecuencia de la sentencia del caso Marey.Interior desconocía cómo debía ejecutar la decisión del Supremo y esperaba que desde la Sala Segunda se concretase la forma de cumplir la resolución: cuándo debe realizarse el ingreso en prisión, el plazo de que disponen los acusados para hacerlo, si deben ser conducidos y y en qué prisión deben quedar internados.

A las 19 horas, sin embargo, tras las oportunas comunicaciones, el ministro Jaime Mayor Oreja y el secretario de Estado Ricardo Martí Fluxà comunicaron a Barrionuevo y Vera, respectivamente, que ya se había comunicado a sus abogados que debía ejecutarse la sentencia. Ambos les informaron de que el Reglamento Penitenciario otorga un plazo de 24 horas, dentro del cual pueden presentarse voluntariamente en un establecimiento penitenciario de su elección para cumplir la pena impuesta.

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Barrionuevo y Vera comunicaron a Mayor Oreja y Martí Fluxá que habían decidido agotar el plazo para estar con sus familias.

Fuentes socialistas y de la defensa de los propios acusados señalaban que el ingreso en prisión se producirá a las 19 horas de esta tarde en el centro penitenciario de Guadalajara.

El Tribunal Supremo había remitido un despacho a Interior para que este departamento ejecutase la sentencia, pero en la comunicación -que se recibió pasadas las 14 horas- únicamente se incluía el auto por el que se denegaba la suspensión de la ejecución de la condena, así como el encabezamiento y fallo de la sentencia. La remisión del despacho -un procedimiento completamente nuevo, pues no se aplicó en los inmediatos precedentes de la Sala Segunda como el caso Filesa o el de los miembros de la mesa nacional de Herri Batasuna- venía reflejada en la parte dispositiva del auto de la Sala que rechazaba la suspensión de la ejecución de la condena para Barrionuevo y Vera.

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En los casos anteriormente citados la secretaría de la Sala Segunda citaba a los acusados y les notificaba el plazo que disponían para ingresar en prisión, transcurrido el cual serían conducidos por efectivos de las Fuerzas de Seguridad del Estado.

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