NACE LA TELEVISIÓN EN ESPAÑA

La Comisión Europea desaconseja el decreto del Gobierno de Aznar sobre televisión digital

Bruselas no acepta la exigencia de homologar los descodificadores en EspañaSugiere a Madrid que no regule tarifas, plazos, registros ni listas de clientes

La Comisión Europea ha aconsejado al Gobierno español que reforme radicalmente el reglamento sobre la Ley de Telecomunicaciones por Satélite -que incluye una regulación de descodificadores digitales-, porque atenta frontalmente contra la normativa comunitaria. Considera ilegales las exigencias de homologación en España de los descodificadores ya aceptados en otros países de la Unión Europea, así como las tarifas, los plazos, la necesidad de inscribirse en un registro y la obligación impuesta a las empresas de entregar a la Administración sus listas de clientes.

De no modificarse el text...

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La Comisión Europea ha aconsejado al Gobierno español que reforme radicalmente el reglamento sobre la Ley de Telecomunicaciones por Satélite -que incluye una regulación de descodificadores digitales-, porque atenta frontalmente contra la normativa comunitaria. Considera ilegales las exigencias de homologación en España de los descodificadores ya aceptados en otros países de la Unión Europea, así como las tarifas, los plazos, la necesidad de inscribirse en un registro y la obligación impuesta a las empresas de entregar a la Administración sus listas de clientes.

De no modificarse el texto, el Gobierno corre el riesgo de provocar un procedimiento por infracción de la normativa europea en Bruselas y acabar ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo.Además de enviar oficialmente el proyecto de reglamento al Consejo de Estado, el Ejecutivo ha efectuado una discreta consulta a los técnicos de Bruselas para recabar su opinión sobre la legalidad del mismo, según ha contrastado este periódico. La consulta ha sido realizada a través del Ministerio de Fomento, que dirige Rafael Arias Salgado.

Resultado de la misma: la Comisión desbarata las innovaciones que el reglamento español aporta, de cosecha propia, a la hora de trasponer la directiva comunitaria 95/47 sobre "transmisión de señales de televisión".

De todas las añadiduras incluidas el viernes pasado en el proyecto de reglamento del Gobierno español, la Comisión sólo considera aceptables dos. Una es la exigencia de que todo descodificador vaya provisto de "un contador que determine en cada momento la deuda generada", para garantizar los derechos de los consumidores. La segunda es que las empresas que suministran servicios codificados no obliguen a sus clientes a utilizar sus propios aparatos de descodificación.

En todo lo demás en que el texto español se desmarca de la pura traducción literal de la directiva europea, absolutamente en todo -como listas de clientes, obligaciones de registro, homologaciones por la puerta trasera, plazos y tarifas de paso-, la Comisión europea percibe fuentes de ilegalidad y motivos de infracción de la normativa comunitaria por parte del Gobierno. Así ocurre con:

Homologación de descodificadores. Bruselas ha recordado a Madrid que la única exigencia de la directiva 95/47 para homologar los descodificadores estriba en que pasen el examen de un "organismo europeo de normalización reconocido". Por tanto, sobra el requisito de registrar los sistemas, aparatos y equipos de descodificación en un nuevo registro del ministerio español de Fomento, que el Gobierno pretende imponer.

La Comisión considera que se trata de un requisito exorbitante y que entorpece el funcionamiento del mercado interior, al dispersar o fraccionar los centros de homologación y establecer nuevas barreras en este mercado. Por tanto, seguir adelante con el texto del reglamento y promulgarlo con esa disposición sería recurrible ante la Comisión misma por infracción y, en su caso, ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, con sede en Luxemburgo.

Listas de clientes. El reglamento del Gobierno obliga a los operadores a aportar una lista de sus clientes a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, un órgano que depende del Ministerio de Fomento. Al margen de que esa obligación pueda atentar contra la legislación nacional sobre protección de datos, la Comisión ha hecho saber al Ejecutivo español que ese deber no puede enmarcarse en la normativa europea de defensa del consumidor y podría atentar contra el derecho de la competencia.

Registro oficial. El establecimiento de un registro especial para las empresas o cadenas que emitan en sistema codificado figura en el proyecto de reglamento español como una obligación, impuesta so pena de sanción de "limitar o impedir la actuación de los operadores de servicios de acceso condicional [codificados]". Esa disposición también se considera dudosamente legal desde el Ejecutivo comunitario, porque la única barrera posible para aceptar o denegar la actuación de un operador de estos servicios es la existencia de suficiente banda en el espacio audiovisual.

Plazos. A sugerencia de RTVE, el Gobierno ha introducido una modificación en su propio proyecto, por la cual persigue establecer un plazo de dos meses para sustituir los aparatos descodificadores ya disponibles en el mercado "por otros nuevos" que se ajusten a su reglamento, so pena de quedar "inoperantes" y legalmente achatarrables. Bruselas también considera exorbitante esta medida.

Tarifas. El reglamento español pretende imponer un sistema de tarifas autorizadas, "que deberán sujetarse a costes", sobre las que tendría competencia directa el Ministerio de Fomento. La Comisión considera que esta exigencia atenta contra la liberalización de las telecomunicaciones.

Medios cercanos al comisario del Tecnologías de la Telecomunicación, Martin Bangemann -el padre de la desregulación en la sociedad de la información- son especialmente militantes contra esta cláusula de tarifas.

El comisario de la Competencia, Karel van Miert, otro guardián de la liberalización de este mercado, ha pedido con carácter urgente a la Administración española el envío oficial del proyecto del Gobierno para su examen inmediato. Al parecer, el Ejecutivo se propone suavizar esta cláusula, imponiendo una tarifa transitoria o provisional, con efectos sólo en el momento de la aparición de los servicios en el mercado.

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