Supremo contraste

La sentencia de las torres de KIO es un magnífico ejemplo para los estudiantes de derecho sobre la versatilidad de la norma.El Tribunal Superior de Justicia de Madrid estableció en octubre de 1991 que los dos edificios iban a pasar por encima del planeamiento urbano; y cuatro años después, el Supremo ha pensado exactamente lo contrario, con las mismas normas. La única diferencia entre uno y otro momento es que las dos torres ahora ya estaban terminadas.

No se trata aquí de un caso penal, donde las conductas humanas se puedan escurrir entre pruebas y peritos. Es simplemente un caso conte...

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La sentencia de las torres de KIO es un magnífico ejemplo para los estudiantes de derecho sobre la versatilidad de la norma.El Tribunal Superior de Justicia de Madrid estableció en octubre de 1991 que los dos edificios iban a pasar por encima del planeamiento urbano; y cuatro años después, el Supremo ha pensado exactamente lo contrario, con las mismas normas. La única diferencia entre uno y otro momento es que las dos torres ahora ya estaban terminadas.

No se trata aquí de un caso penal, donde las conductas humanas se puedan escurrir entre pruebas y peritos. Es simplemente un caso contencioso-administrativo, donde ni siquiera influyen la moral y las costumbres de la época.

Tiempo ha habido, desde luego, para que incluso cambiaran los hábitos de los ciudadanos y lo socialmente permitido, porque el Supremo ha tardado nada menos que cuatro años en revisar una sentencia. Con tanto margen, si hubiera ratificado el fallo de sus colegas del Tribunal Superior, ahora habría que hablar de cómo se derriban dos plantas de cada uno de los edificios inclinados.

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Pero el tribunal no ha determinado tal solución. Ha preferido una sentencia laberíntica que no ayuda mucho a comprender sus razonamientos ni a desentrañar el enigma de la suprema contradicción entre unos jueces y otros. Y que abre puertas inquietantes a la excepción urbanística. Una: si el estudio de detalle puede contravenir las normas del Plan General, no tenían por qué preverse sólo dos plantas de más en cada torre. Podía incluso haberse construido un solo edificio, que sumase os 125.000 metros cuadrados que se pactaron con los dueños, aunque así se hiciera trizas el criterio de que un metro cuadrado de suelo da derecho a sólo dos metros cuadrados de "edificabilidad". Otra: a partir de ahora, los planeamientos urbanísticos admiten, desde el punto de vista jurídico, ser enmendados según convenga mediante un mecanismo -el estudio de detalle- que hasta hoy se creía de rango legal inferior. Los ciudadanos temerosos tienen motivos para sentirse más preocupados.

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