El Inem pierde el monopolio de la contratación y se legalizan las agencias privadas sin ánimo de lucro

El servicio público de empleo sufre una profunda transformación en la reforma laboral. El Inem pierde el monopolio de la contratación al legalizarse las agencias privadas de colocación, siempre que no tengan ánimo de lucro, y las empresas de trabajo temporal. Asimismo se anula la obligación para las empresas de contratar a través del Inem, y así se plasma en el documento que ayer envió el Gobierno a los sindicatos y que recoge algunas de las sugerencias hechas por UGT y CC OO. Los contratos de fomento de empleo que cumplan el tope máximo de tres años en 1994 se prorrogan un año y medio más....

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El servicio público de empleo sufre una profunda transformación en la reforma laboral. El Inem pierde el monopolio de la contratación al legalizarse las agencias privadas de colocación, siempre que no tengan ánimo de lucro, y las empresas de trabajo temporal. Asimismo se anula la obligación para las empresas de contratar a través del Inem, y así se plasma en el documento que ayer envió el Gobierno a los sindicatos y que recoge algunas de las sugerencias hechas por UGT y CC OO. Los contratos de fomento de empleo que cumplan el tope máximo de tres años en 1994 se prorrogan un año y medio más.

El convenio colectivo se convierte en un eje de la reforma del mercado laboral en España, según aseguró ayer el ministro de Economía y Hacienda, Pedro Solbes, en unas jornadas organizadas por el Financial Times. Así queda reflejado también en las modificaciones que el Gobierno ha introducido en su proyecto de reforma comunicadas el martes al grupo parlamentario socialista y que, en algunos puntos, coinciden con su oferta inicial. Algunos de los cambios más importantes recogen sugerencias y demandas de los sindicatos y afectan a la no eliminación de la prórroga automática de los convenios colectivos y a la cláusula de descuelgue para los aumentos salariales.La propuesta inicial del Gobierno de eliminar la prórroga automática en las cláusulas normativas de los convenios colectivos, una vez terminado su período de vigencia, ha sufrido una modificación.

Concretamente, y tras los cambios introducidos por el Ejecutivo, en el propio convenio se puede negociar la no prórroga automática de algunas cláusulas normativas y para aquellas en las que no se produce pacto, continúa vigente el principio de prórroga automática. También se ha modificado la cláusula de descuelgue, según la cual las empresas tenían la posibilidad por ley de acogerse a ella en los convenios colectivos por razones económicas de acuerdo con el proyecto del Gobierno.

El cambio introducido por el Ejecutivo tras escuchar a los sindicatos consiste en que las empresas que pretendan acogerse a esa cláusula de descuelgue tienen que ponerse de acuerdo con los comités de empresa. En caso de desacuerdo, el tema pasa a ser competencia de la comisión paritaria del convenio colectivo del sector para que dicte el laudo.

Cambios en las ofertas

La derogación de las ordenanzas laborales y su sustitución por convenios generales también se producirá por la vía de la negociación. Se mantiene la fecha tope del 31 de diciembre de 1994 para las que no se hayan renegociado. Si no hay acuerdo en la derogación de las ordenanzas, se producirá el arbitraje de la comisión consultiva.

Esas propuestas de la reforma laboral coinciden con el texto que el Gobierno presentó a los sindicatos en la reunión mantenida el pasado 10 de noviembre. Ese día no entraron a discutirlas y el debate se centró en las modificaciones que el Ejecutivo introdujo en el recorte del desempleo y en la revalorización de las pensiones: la retirada de la incompatibilidad entre seguro de paro e indemnización por despido y una nueva cláusula de revisión de las pensiones.

Tras el rechazo frontal de los sindicatos a esos cambios, que el fin de semana anterior habían aceptado en reuniones secretas, el Gobierno endureció sus propuestas de reforma laboral y en los encuentros formales de los pasados días 19 y 22 se las explicó verbalmente. Afectaban a la reforma de la contratación, la negociación colectiva y el despido que ahora ha retocado.

El Gobierno envió ayer por escrito a los sindicatos las líneas maestras de su reforma, laboral con los retoques introducidos. A última hora de la tarde les remitió un documento de 11 páginas en el que todavía no incluye el texto articulado de las normas que aprobará este viernes el Consejo de Ministros: un decreto-ley que reforma la contratación y un anteproyecto, de ley con el resto de la reforma que modifica el Estatuto de los Trabajadores. Ningún dirigente sindical pudo hacer anoche una valoración de urgencia porque el documento llegó a las sedes de las centrales cuando los sindicalistas habían abandonado sus despachos.

También a última hora de la noche de ayer Europa Press difundió el decreto-ley íntegro que reforma la contratación temporal y una de las novedades que recoge es la prórroga por un año y medio de los contratos de fomento del empleo que cumplan su vigencia máxima de tres años en 1994. Con ello se excluye de la prórroga a los contratos de fomento de empleo que ya la pudieron aplicar el año pasado con el denominado decretazo. El contrato de formación desaparece con la creación del de aprendizaje y el de prácticas ve reducido su periodo máximo de vigencia desde tres a dos años.

Los servicios públicos de empleo también sufren una profunda modificación. El Inem pierde el monopolio de la contratación al legalizarse las agencias privadas de colocación, siempre que no tengan ánimo de lucro, y las empresas de trabajo temporal. Asimismo se elimina la obligación para las empresas de contratar a través del Inem.

El ministro de Economía, Pedro Solbes, además de manifestar el interés del Gobierno por otorgar la "importancia máxima" al convenio colectivo, señaló que el Ejecutivo ha querido "tomar el toro por los cuernos en el difícil momento que atraviesa nuestra economía y el record histórico de la tasa de paro que hay en España". Solbes reconoció la introducción de "matices en casos concretos" en la propuesta inicial de reforma del mercado laboral puesta sobre la mesa por el Gobierno. Sobre el contrato de aprendizaje, el ministro aclaró que esta modalidad no excluye a los jóvenes titulados, siempre que éstos acepten un puesto de trabajo no relacionado con su formación. No obstante, calificó esta situación de "excepcional", al señalar que este tipo de contrato va dirigido principalmente al colectivo de jóvenes no titulados.

El Gobierno concede especial importancia a la rectificación consistente en anular la incompatibilidad en el cobro de la prestación por desempleo y la indemnización por despido. Ello se compensará con un aumento del 0,5% en la cotización por desempleo de los trabajadores. También se ha reducido en un tercio la cotización a la Seguridad Social de los parados.

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