Cartas al director

Derecho a ser padre

El Ministerio de Justicia sostiene que la decisión de abortar ha de ser tomada por la mujer, y ha anunciado su voluntad de cambiar el ordenamiento jurídico vigente para proteger esa decisión. Supongo que la nueva ley tendrá en cuenta la figura del varón originante del embarazo, en adelante VOE, como parte interesada en el asunto. Me preocupa que nos acerquemos a un ordenamiento jurídico en que el VOE se vea en una clara situación de desamparo, si en el articulado de la nueva ley no se reconoce también su derecho a disponer sobre el destino del bien concebido. Dicha ley debería obligar a obtene...

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El Ministerio de Justicia sostiene que la decisión de abortar ha de ser tomada por la mujer, y ha anunciado su voluntad de cambiar el ordenamiento jurídico vigente para proteger esa decisión. Supongo que la nueva ley tendrá en cuenta la figura del varón originante del embarazo, en adelante VOE, como parte interesada en el asunto. Me preocupa que nos acerquemos a un ordenamiento jurídico en que el VOE se vea en una clara situación de desamparo, si en el articulado de la nueva ley no se reconoce también su derecho a disponer sobre el destino del bien concebido. Dicha ley debería obligar a obtener el consentimiento del VOE antes de llevar a cabo el aborto, y también a esperar el término natural del proceso de embarazo en caso de que el VOE no otorgue dicho consentimiento y se comprometa explícitamente a hacerse cargo de la educación y crianza del producto de la concepción.La fundamentación jurídica para ello estriba en que, si el acto que dio origen al embarazo se produjo en ausencia de violencia, cabe presumir que por el mero hecho de consumarlo se ha tomado un acuerdo entre las partes que implica derechos y deberes mutuos sobre las consecuencias de la acción. Es innegable que la mujer embarazada lleva dentro de sí algo que pertenece al varón tanto como a ella, y, por tanto, en caso de voluntad abortiva de la mujer tendríamos un conflicto de intereses que debería resolverse en favor de la parte más débil, que en este caso es el varón.

En un ordenamiento jurídico avanzado como el que pretendemos, no se debería ignorar el derecho del VOE a ejercitar sus instintos paternales, que de otro modo quedarían supeditados a la decisión unívoca de la mujer.- Pedro Júdez Muñoz.

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