Dos médicos, condenados a dos años en la sentencia más dura impuesta en España por contagio de sida

BLANCA CÍA, El juez José Miguel López, titular del Juzgado de lo Penal número 6 de Barcelona, ha dictado una de las sentencias más duras por un contagio de sida: el sufrido por Apolonia Pasamontes, que falleció tras recibir una transfusión de sangre infectada cuando todavía no eran obligatorias las pruebas para detectar el virus. La sentencia condena al Instituto Catalán de la Salud (ICS) a indemnizar con 70 millones a los familiares. Pero el juez va más allá de la acusación particular, que había solicitado penas de seis meses de cárcel para cuatro médicos -el fiscas pedía la absolución- y 45 ...

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BLANCA CÍA, El juez José Miguel López, titular del Juzgado de lo Penal número 6 de Barcelona, ha dictado una de las sentencias más duras por un contagio de sida: el sufrido por Apolonia Pasamontes, que falleció tras recibir una transfusión de sangre infectada cuando todavía no eran obligatorias las pruebas para detectar el virus. La sentencia condena al Instituto Catalán de la Salud (ICS) a indemnizar con 70 millones a los familiares. Pero el juez va más allá de la acusación particular, que había solicitado penas de seis meses de cárcel para cuatro médicos -el fiscas pedía la absolución- y 45 millones de indemnización, y ha elevado las penas a dos años de cárcel para dos facultativos y un año para los otros dos

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La transfusión sanguínea que provocó la muerte de Apolonia Pasamontes se produjo en mayo de 1986 en el hospital de Vall de Hebrón, de Barcelona, cinco meses antes de que entrase en vigor la normativa catalana que obligaba a realizar la prueba de detección del virus del sida en la sangre.Esa circunstancia ya se ha planteado en otros pleitos judiciales que se han visto en su mayoría en los juzgados de lo social, y existen sentencias que condenan a fuertes indemnizaciones, pero ninguna a penas tan altas de prisión. De hecho, se da la paradoja de que este fallo es mucho más duro, por ejemplo, que el emitido por el Tribunal Supremo sobre el contagio de sida del hospital de Bellvitge, también de Barcelona, que ocurrió cuando la legislación ya obligaba a realizar las pruebas de detección del virus del sida a los hospitales en las transfusiones de sangre y afectó a varios pacientes. En aquella ocasión, las condenas fueron de tres meses de arresto. Asimismo, el contagio sufrido por Apolonia Pasamontes en el hospital de Vall d'Hebrón es más grave, ateniéndose a las penas de prisión e indemnización pedidas por el juez, que el del fallo del acelerador del Clínico de Zaragoza, por el que fallecieron 20 personas. En ese caso, la única pena fue de seis meses de prisión para un técnico.

En el juicio y la sentencia contra los seis facultativos de Vall de Hebrón acusados por la muerte de Apolonia Pasamontes, dos de los cuales han sido absueltos, el juez parte del criterio de que los médicos no se tienen que regir por las normativas, sino por su conciencia profesional. En consecuencia, les condena porque fallaron como profesionales de la medicina: "Subordinaron su conciencia profesional y médica a un mero trámite administrativo como una reglamentación autonómica o estatal, amparándose en que en aquellas fechas había muy pocos casos en Cataluña, como si el criterio numérico y no la vida humana de un solo ser no sea el determinante de la obligación de prevención".

El juez insiste en que en aquella fecha, mayo de 1986, ya se conocía ampliamente la gravedad de la enfermedad y los sistemas de detección. Ello "evidencia la imprudencia del profesional que, conociendo el riesgo, no adoptó como norma la práctica de los análisis", añade.

Los cuatro condenados -el entonces director del centro, Manuel Bardina, y el responsable del servicio de hematología, José Triginer (condenados a dos años), y Manuel Hernández y José Piqueras (condenados a un año)- argumentaron en el juicio que no hicieron las pruebas porque no existía normativa. "Más burocratismo", exclama el magistrado en la sentencia. Por contra, el juez se olvida precisar si condena o absuelve a los acusados de otros dos delitos imputados por la acusación particular: expedición de medicamentos deteriorados y expedición de medicamentos sin cumplir las formalidades reglamentarias. Sobre esto no hay referencia alguna en el fallo.

"Grave error"

El consejero de Sanidad de la Generalitat, Xavier Trias, se mostró ayer en total desacuerdo con la sentencia, que calificó de "grave error". "La sentencia es cuando menos sorprendente porque va mucho más allá incluso de lo solicitado por el fiscal. Acatamos la decisión judicial, pero quiero decir que el Departamento de Sanidad pondrá todo su esfuerzo y dará el apoyo necesario para que sea recurrida, porque esa sentencia es un error que la justicia todavía puede enmendar".

El hijo de Apolonia Pasamontes, Ramsés Buixó, de 21 años, que ejerció la acusación contra los médicos, declaró ayer que la sentencia "hace justicia". Dijo que, de haber querido, habría obtenido 45 millones que le ofrecía el Instituto Catalán de la Salud por retirar la querella, pero que la vida de su madre, "al igual que la de cualquier otra persona, no tiene precio".

Esa cantidad era la misma que solicitaban los abogados de la Asociación de Integración Sanitaria del Usuario (AISU), entidad que asesoró a Apolonia y Ramsés, informa Francisco Bracero.

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