El Gobierno subvencionará a las autonomías perjudicadas por pérdida de recaudación

El Gobierno compensará a través de subvenciones procedentes de los fondos de nivelación de servicios establecidos en el articulo 15 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) a las comunidades que pierdan recaudación por la cesión del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esta es, en síntesis, la propuesta que el Gobierno está negociando con los ejecutivos autonómicos para que estos apoyen finalmente el traspaso del 15% de la recaudación del IRPF.

El detalle de la propuesta podría ser expuesto hoy mismo por el Gobierno en el debate sobr...

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El Gobierno compensará a través de subvenciones procedentes de los fondos de nivelación de servicios establecidos en el articulo 15 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) a las comunidades que pierdan recaudación por la cesión del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esta es, en síntesis, la propuesta que el Gobierno está negociando con los ejecutivos autonómicos para que estos apoyen finalmente el traspaso del 15% de la recaudación del IRPF.

El detalle de la propuesta podría ser expuesto hoy mismo por el Gobierno en el debate sobre el estado de las autonomías que se desarrollará en el Senado.

Se trata de medir cómo evoluciona la cantidad que la comunidad ingresa año a año procedente del IRPF, y cómo habría evolucionado si se siguiera aplicando el sistema de financiación actual: si la diferencia perjudica a la comunidad, tendrá derecho a la citada subvención.

Esta subvención procedería de las previstas en los fondos de nivelación de servicios contemplados en el artículo 15 de la LOFCA, que prevé asignaciones extraordinarias cuando una comunidad no pudiera asegurar un nivel mínimo de la prestación del conjunto de los servicios públicos fundamentales que haya asumido.

La LOFCA hace referencia a los servicios que utilizan recursos financieros regulados en sus artículos 11 y 13. Precisamente el artículo 13 regula la disposición por parte de las comunidades autónomas de un porcentaje de participación en la recaudación de los impuestos estatales no cedidos, como el IRPF.

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