La sentencia del 'caso Tous' afirma que los daños y las muertes de la riada de 1982 pudieron evitarse

La sentencia del llamado caso Tous, hecha pública el pasado viernes, considera probado que la rotura de la presa y las ocho muertes y daños que originó en octubre de 1982 pudieron haberse evitado si se hubieran abierto correctamente las compuertas de su sistema de desagüe. El tribunal imputa a los dos ingenieros condenados a un año de prisión el delito de imprudencia temeraria por la omisión de sus deberes profesionales y declara la responsabilidad civil del Estado. La sentencia desestima las reclamaciones de más de 19.000 perjudicados que no ejercieron la acusación particular.

El fallo...

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La sentencia del llamado caso Tous, hecha pública el pasado viernes, considera probado que la rotura de la presa y las ocho muertes y daños que originó en octubre de 1982 pudieron haberse evitado si se hubieran abierto correctamente las compuertas de su sistema de desagüe. El tribunal imputa a los dos ingenieros condenados a un año de prisión el delito de imprudencia temeraria por la omisión de sus deberes profesionales y declara la responsabilidad civil del Estado. La sentencia desestima las reclamaciones de más de 19.000 perjudicados que no ejercieron la acusación particular.

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El fallo del tribunal difiere de las alegaciones de las partes acusadas, que sostuvieron durante el juicio la tesis de que las fuertes lluvias caídas el mes de octubre de 1982 determinaron la rotura de la presa. Los abogados defensores de los dos ingenieros condenados ya han anunciado públicamente que recurrirán la sentencia. En los fundamentos de derecho de la resolución, la Sala precisa: "Está probada la evitabilidad del desmoronamiento de la presa de Tous en el supuesto de que se hubieran aperturado correctamente las compuertas de los elementos mecánicos de su sistema de desagüe".El hecho de no haber garantizado la existencia de las dos distintas fuentes de energía eléctrica que, de forma alternativa, se precisaban en la presa, la escasa vigilancia y control y la inexistencia de una red de alerta para prevenir la avenida de las aguas, son las negligencias que sustentan la existencia de la imprudencia, según el tribunal.

También se considera probado que el 20 de octubre de 1982, cuando la presa de Tous se desmoronó, las instalaciones carecían de fluido eléctrico y disponía de un sólo equipo electrógeno de emergencia para atender a los tres puntos donde debía haber existido la doble fuente de energía.

"Es injustificable e imprevisible hablar de un acontecer imprevisible, insospechado o inimaginable, ya que las devastadoras y súbitas avenidas del río Júcar, históricamente repetidas, siempre han sido consecuencia de las copiosas lluvias que con relativa frecuencia se producen en la cuenca de Levante", señala la sentencia.

El tribunal determina en su fallo, por otra parte, la existencia de "un indudable nexo de causalidad" entre el desmoronamiento de la presa y las ocho muertes y cuantiosos daños que originó. "Esas consecuencias eran las que se trataba de evitar con las normas de precaución y cautela que se omitieron", subraya la Sala.

Indemnizaciones

La sentencia determina la responsabilidad civil del Estado para el pago de las indemnizaciones a los perjudicados que ejercieron la acusación privada, por la condición de funcionarios públicos de los ingenieros Román Guerrero y Juan Sacho-Tello, finalmente condenados.

Los cerca de 4.500 perjudicados, agrupados en distintas asociaciones de damnificados, recibirán por este. motivo, distintas cantidades de dinero que representan entre el 20% y el 80% de lo que pedían. Para ellos la sentencia establece, además, distintas indemnizaciones por los daños morales sufridos, cifrados en 200.000 pesetas, por cada cabeza de familia, y 100.000 más por cada familiar a su cargo.

Por otro lado, más de 19.000 perjudicados y algunos ayuntamientos de la comarca valenciana de La Ribera deberán emprender acciones civiles para reclamar sus indemnizaciones que la sentencia no reconoce. "Es imposible conceder indemnizaciones a aquellos damnificados que no se hayan personado en el procedimiento", señala la sentencia que añade: "El Ministerio fiscal sólo formuló acusación contra dos ingenieros que ahora han sido absueltos. Por ello, aunque otros dos sean condenados, sólo pueden serlo dentro de los límites de las pretensiones penales y civiles contra ellos ejercitadas".

En el mismo caso se encuentra el Ayuntamiento de Alzira, una de las poblaciones más afectadas por la riada de 1982, que reclamaba 295 millones de pesetas y no ejerció la acusación particular. La Sala no se pronuncia sobre la reclamación de los vecinos de Carcaixent, que reclamaban 8.285 millones.

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