El ministerio se reserva la mayoría en la Escuela Judicial

El Centro de Estudios Judiciales (antigua Escuela Judicial), diseñado en el reglamento aprobado ayer por decreto, se configura como un órgano dependiente del Ministerio de Justicia y controlado por este departamento. De los 10 miembros del consejo, máximo órgano colegiado del centro, siete dependen directa o indirectamente de dicho ministerio y su presidente, el propio ministro de Justicia, tiene voto de calidad en caso de empate.El proyecto de decreto de 17 de mayo de 1986, que constaba de 62 artículos, ha sufrido algunas modificaciones hasta su aprobación ayer por el Gobierno. La mayoría de ...

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El Centro de Estudios Judiciales (antigua Escuela Judicial), diseñado en el reglamento aprobado ayer por decreto, se configura como un órgano dependiente del Ministerio de Justicia y controlado por este departamento. De los 10 miembros del consejo, máximo órgano colegiado del centro, siete dependen directa o indirectamente de dicho ministerio y su presidente, el propio ministro de Justicia, tiene voto de calidad en caso de empate.El proyecto de decreto de 17 de mayo de 1986, que constaba de 62 artículos, ha sufrido algunas modificaciones hasta su aprobación ayer por el Gobierno. La mayoría de las reformas se debe a las observaciones formuladas por el pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), entre ellas la inclusión de que este organismo será oído para el nombramiento del director del centro, que se atribuye al ministro de Justicia. El jefe de estudios, que sustituirá al director en caso de vacante, también será designado por el ministro.

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- La inicial composición del consejo del centro era la siguiente: presidente, el ministro; cuatro vocales natos -el fiscal general del Estado, el director general de Relaciones con la Administración de Justicia, el jefe de estudios, y cinco designados, tres de ellos por el Consejo del Poder Judicial y dos por el ministro de Justicia. A petición del Consejo judicial, se ha introducido un nuevo vocal nato, el vicepresidente del órgano de gobierno del poder judicial, pero con ello no se reduce la hegemonía ministerial, ya que serán dos, en lugar de tres, los vocales del CGPJ presentes en el consejo del centro.

Oposición no memorística

Otra novedad importante afecta al sistema de oposiciones, que se mantiene como básico para el acceso al Centro de Estudios Judiciales y, a través de él, a la judicatura. El proyecto inicial mantenía un ejercicio escrito y uno oral, en el que durante 60 minutos se haría una exposición teórica de un tema elegido por sorteo de una serie de materias jurídicas prefijadas. En el texto final, este ejercicio se ha sustituido por la redacción de dos dictámenes sobre casos concretos, con lo que, según el Gobierno, la oposición se configura. "no como un ejercicio de memoria, sino como una demostración de conocimientos globales".

Además de la selección de jueces, fiscales, médicos forenses, secretarios y demás personal al servicio de la administración de justicia -los ejercicios y programas se aprobarán por el ministro de Justicia-, el Centro de Estudios Judiciales se dedicará a la formación y perfeccionamiento de todos estos profesionales, con la salvedad de que, en lo que se refiere a los jueces y magistrados, de acuerdo con la ley orgánica del Poder Judicial (LOPJ), se realizará "bajo la exclusiva dirección del CGPJ".

El reglamento del Centro de Estudios Judiciales aborda también el régimen disciplinario de sus alumnos, en el que de nuevo vuelve a manifestarse el control ministerial. Las faltas muy graves pueden ser castigadas por el ministro o el subsecretario de Justicia con la pérdida de la expectativa de ingreso en el cuerpo o carrera correspondiente, y las graves con pérdida del curso.

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