Sentencia del Supremo favorable a los usuarios de Aguas de Barcelona

La Federación de Organizaciones de Consumidores de Cataluña (FOCC) exigirá la devolución de parte de los cobros de la Compañía de Aguas de Barcelona, que sumarían un mínimo de 200 millones, correspondientes a los primeros meses de 1981, en virtud de una sentencia del Tribunal Supremo que desautoriza una orden de junio de 1981 de la Comisión de Precios de Cataluña, referente al aumento de tarifas del agua de forma retroactiva.

La sentencia del Supremo responde a una demanda interpuesta por tres personas, a las que Aguas de Barcelona ha devuelto ya las cantidades indebidamente cobrada...

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La Federación de Organizaciones de Consumidores de Cataluña (FOCC) exigirá la devolución de parte de los cobros de la Compañía de Aguas de Barcelona, que sumarían un mínimo de 200 millones, correspondientes a los primeros meses de 1981, en virtud de una sentencia del Tribunal Supremo que desautoriza una orden de junio de 1981 de la Comisión de Precios de Cataluña, referente al aumento de tarifas del agua de forma retroactiva.

La sentencia del Supremo responde a una demanda interpuesta por tres personas, a las que Aguas de Barcelona ha devuelto ya las cantidades indebidamente cobradas, que ascienden en total a unas 600 pesetas. La Federación de Organizaciones de Consumidores pretende que la devolución afecte a todos los usuarios, lo que supondría entre 200 y 300 millones de peseta! para un millón de usuarios, aproximadamente.

Fuentes de Aguas de Barcelona comentaron que "la compañía había presentado en 1981 a los ayuntamientos un informe con dos posibilidades: o bien un aumento sin retroactividad, o bien un aumento menor pero retroactivo a los primeros meses del año. En total, uno y otro sumaban lo mismo, pero los ayuntamientos optaron por la retroactividad y así lo comunicaron de forma unánime a la Comisión de Precios, la cual consideró oportuno aprobar la propuesta".

Poco después del aumento, tres particulares, Alberto Martínez, Carmen Espinach y Ramón Llucià, presentaron una demanda que fue rechazada por la Audiencia Territorial de Barcelona en 1983. Recurrieron al Tribunal Supremo, quien finalmente les dio la razón.

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