Los recursos se verán en otoño

Los recursos planteados por varias de las acusaciones particulares contra la decisión del juez Ismael Moreno -que decretó el sobreseimiento provisional de las diligencias abiertas para depurar las responsabilidades de 10 altos cargos de la UCD- tendrán lugar previsiblemente en octubre o noviembre.En los recursos, que tendrán que ser resueltos por un tribunal de lo penal de la Audiencia Nacional, se señala que el juez no ha practicado nuevas diligencias que esclarezcan el caso y se abunda en los argumentos expuestos con anterioridad y que sirvieron como base para solicitar los procesamientos en...

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Los recursos planteados por varias de las acusaciones particulares contra la decisión del juez Ismael Moreno -que decretó el sobreseimiento provisional de las diligencias abiertas para depurar las responsabilidades de 10 altos cargos de la UCD- tendrán lugar previsiblemente en octubre o noviembre.En los recursos, que tendrán que ser resueltos por un tribunal de lo penal de la Audiencia Nacional, se señala que el juez no ha practicado nuevas diligencias que esclarezcan el caso y se abunda en los argumentos expuestos con anterioridad y que sirvieron como base para solicitar los procesamientos en el sumario principal y que fueron denegados.

Los procesamientos fueron solicitados por dos veces en 1983. En la primera de las ocasiones, la solicitud afectaba a Valenciano, Conty, Tena, Hidalgo, Guilló, Bustelo y Rúa. Las acusaciones entendían que los altos cargos -al no aceptar el carácter de envenenamiento de la enfermedad y al haber tardado casi un mes en alertar al público- podían haber incurrido en delitos por negligencia o por omisión. Los acusadores particulares consideraban que en cualquier caso los altos cargos habían cometido graves imprudencias en el control del mercado y en la comunicación al Ministerio de Sanidad de los fenómenos de adulteración y riesgo que habían detectado.

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El juez precisó en aquel momento que era evidente "que en ninguno de los señores denunciados cabe apreciar conductas, por acción u omisión, de las que pudieran desprenderse incumplimiento de las obligaciones inherentes a los cargos que desempeñaban, con incidencia en el orden jurídico penal, o conocimiento de la comisión de presuntos hechos punibles de terceros".

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