Garantizada la mayoría pública en las cajas de ahorro fundadas por municipios o diputaciones

El proyecto de ley de órganos rectores de las cajas de ahorro, que el Gobierno acordó ayer enviar a las Cortes, garantizará la mayoría de ayuntamientos y diputaciones en las 26 entidades de fundación pública. Para las 54 cajas de fundación privada, entre las cuales figuran las más importantes, ningún grupo de representación tendrá asegurada la mayoría, aunque la ley permitirá contrapesar el tradicional dominio de los aparatos con la mayor presencia de ayuntamientos y autonomías.

El proceso de renovación en las asambleas y consejos de este tercio del sistema financiero empezará dentr...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

El proyecto de ley de órganos rectores de las cajas de ahorro, que el Gobierno acordó ayer enviar a las Cortes, garantizará la mayoría de ayuntamientos y diputaciones en las 26 entidades de fundación pública. Para las 54 cajas de fundación privada, entre las cuales figuran las más importantes, ningún grupo de representación tendrá asegurada la mayoría, aunque la ley permitirá contrapesar el tradicional dominio de los aparatos con la mayor presencia de ayuntamientos y autonomías.

Más información

El proceso de renovación en las asambleas y consejos de este tercio del sistema financiero empezará dentro de un año. El proyecto aprobado ayer por el Consejo de Ministros incluye diversas modificaciones respecto a los borradores sometidos a consulta del sector desde febrero pasado. Cuando el Ministerio de Economía y Hacienda había admitido varias de las numerosas sugerencias procedentes de los actuales administradores de las cajas, la reciente batalla por el control en la Caixa de Catalunya, fundada por la Diputación de Barcelona, llevó a los socialistas de Cataluña a pedir una clara mayoría pública para las entidades promovidas por ayuntamientos y diputaciones, la ampliación de facultades de las comunidades autónomas y mayores recortes en el poder de los directores generales.De estas sugerencias, defendidas en Madrid por Narcís Serra, ex alcalde de Barcelona y ministro de Defensa, ha sido atendida la primera. Los anteproyectos iniciales, a medio camino entre las posiciones de quienes ostentan el poder en las cajas y el programa electoral socialista, intentaban garantizar la mayoría absoluta de ayuntamientos y diputaciones en las entidades de fundación pública y lograr la minoría más amplia en las de fundación privada.

La reforma dictada por decreto a finales de 1977 por el entonces vicepresidente del Gobierno, Enrique Fuentes Quintana, daba entre 60 y 150 puestos en las asambleas a representaciones de los impositores extraídas en principio por sorteo. Los primeros anteproyectos otorgaban del 30% al 40% para los impositores, otro tanto para corporaciones locales, del 5% al 15% para las entidades fundadoras y el mismo, porcentaje para los empleados. Las comunidades autónomas concretarían en su ámbito los porcentajes anteriores.

Tras las gestiones catalanas, el Gobierno ha decidido fijar los siguientes porcentajes de representación: 44%, impositores salidos de sorteo; 40%, corporaciones locales; 11 %, entidades fundadoras, y 5 %, empleados. Así, entre el 40% local y el 11 % de la entidad fundadora se llegará automáticamente al 51%, lo que garantiza el control de la caja, pues la estructura representativa de las asambleas traslada el proyecto al consejo de administración y a la comisión de control, los otros dos órganos de gobierno que implantará la ley.

Sin embargo, ha desaparecido definitivamente la previsión del primer anteproyecto -suprimida tras las consultas a las cajas- de que la representación de las entidades fundadoras se acumularía a la de corporaciones locales en la caja donde no estuviera determinado el fundador, fenómeno registrado en una docena de las 54 privadas. Ahora el 11 % correspondiente se repartirá entre los otros grupos.

Competencia de los directores

Tampoco ha sido recortada más de lo previsto inicialmente la competencia de los directores generales, que seguirán contratados, en caso de cese por el consejo de administración, hasta los 65 años (los directores pedían hasta los 70 años). Sigue el derecho de veto del director a las decisiones del consejo, figura que apenas ha sido utilizada.Con todo, además de fomentar la presencia de las corporaciones locales en las cajas privadas y devolver las públicas a sus fundadores, el proyecto aprobado por el Gobierno reduce el número de miembros en los órganos de gobierno, limita la democracia futbolística que se ejercía al amparo de la mayoría formal de los impositores (salían elegidos entre éstos los nombres promovidos desde el aparato de la caja, mediante traslados y aperturas de cuentas) y amplía las competencias atribuidas a las comunidades autónomas.

Entre otras cosas, las comunidades autónomas desarrollarán los procedimientos electorales. El secretario de Estado de Economía y Planificación, Miguel Ángel Fernández Ordóñez, señaló ayer en la conferencia de prensa posterior al Consejo de Ministros que la principal virtualidad del proyecto de ley de órganos rectores de las cajas de ahorro era dar una estabilidad democrática a las normas hasta ahora existentes.

Archivado En