La vía más adecuada para recurri

La vía de la jurisdicción contencioso-adininistrativa, según medios jurídicos consultados, es las más adecuada para recurrir contra la negativa de inscripción en un centro universitario, en el supuesto de que el demandante no haya sido aceptado debido al llamado númerus clausus. En este caso debe probarse documentalmente la negativa de la facultad correspondiente, para iniciar la vía prevista por la ley de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales, ya que el demandante considera que se ha atentado contra el artículo 27 de la Constitución, que reconoce el derecho a la educa...

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La vía de la jurisdicción contencioso-adininistrativa, según medios jurídicos consultados, es las más adecuada para recurrir contra la negativa de inscripción en un centro universitario, en el supuesto de que el demandante no haya sido aceptado debido al llamado númerus clausus. En este caso debe probarse documentalmente la negativa de la facultad correspondiente, para iniciar la vía prevista por la ley de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales, ya que el demandante considera que se ha atentado contra el artículo 27 de la Constitución, que reconoce el derecho a la educación.Este procedimiento sumario se resuelve con máxima rapidez y se puede dictar, de forma temporal, la suspensión de la norma supuestamente atentatoria. En el plazo aproximado de un mes y medio, según las fuentes consultadas, debe ser hecha pública la sentencia.

Más información

El demandante podrá hacer constar en las alegaciones los presuntos inclumplientos de la ley de Reforma Universitaria que, a su juicio, se han efectuado.

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