Determinadas las facultades de las comunidades autónomas sobre las cajas de ahorros

Al margen del proyecto de ley que regula los conciertos económicos entre el Estado y el País Vasco, el acuerdo más importante que adoptó el Consejo de Ministros reunido ayer fue un real decreto por el que se establecen los porcentajes y el orden de prioridades para la computabilidad en el coeficiente de inversión obligatoria en Fondos Públicos para las cajas de ahorro de los valores de renta fija que emitan o califiquen como aptas para tal fin las comunidades autónomas.En este momento las cajas de ahorro tienen obligación de invertir un 35% de sus recursos ajenos en valores públicos, de los qu...

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Al margen del proyecto de ley que regula los conciertos económicos entre el Estado y el País Vasco, el acuerdo más importante que adoptó el Consejo de Ministros reunido ayer fue un real decreto por el que se establecen los porcentajes y el orden de prioridades para la computabilidad en el coeficiente de inversión obligatoria en Fondos Públicos para las cajas de ahorro de los valores de renta fija que emitan o califiquen como aptas para tal fin las comunidades autónomas.En este momento las cajas de ahorro tienen obligación de invertir un 35% de sus recursos ajenos en valores públicos, de los que las cédulas para Inversiones suponen un 3%, correspondiendo el resto a emisiones de las corporaciones locales y a valores de renta fija emitidos por el INI, la Compañía Telefónica y las empresas productoras de energía eléctrica.

A partir de la entrada en vigor del presente decreto, la prioridad en cuanto a la inversión de las cajas para la cobertura de sus coeficientes de inversión obligatoria, corresponderá a los valores de renta fija emitidos por las propias comunidades autónomas, quedando estas autorizadas para declarar computables a otros valores con el mismo Fin.

No obstante, el Gobierno fijará el porcentaje que dentro del coeficiente de inversión de las cajas podrán representar los valores emitidos y calificados por las comunidades autónomas.

Para dotar al decreto de una operatividad inmediata, se establece que de las nuevas compras de valores computables que las cajas realicen en el futuro, el 30% deberán ser valores emitidos o calificados por la comunidad autónoma correspondiente, en tanto se alcance el porcentaje global que fije el Gobierno. También establece el principio general de limitar la competencia de las comunidades a la parte de los recursos ajenos que la caja capte en sus límites territoriales.

Enajenación de los periódicos de los MCSE

El Gobierno aprobó también en su reunión de ayer el envío a las Cortes del proyecto de ley sobre el futuro de los Medios de Comunicación Social del Estado (MCSE), en el que se contempla la enajenación, en pública subasta, de los periódicos adscritos al organismo autónomo MCSE, el cual será suprimido en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la ley. La enajenación del diario Pueblo, está exceptuada de este mecanismo de subasta, en atención a las características especiales de la formación de su patrimonio.El proyecto prevé medidas para la salvaguardia de los derechos de los trabajadores del organismo y de los diarios que se enajenen o liquiden.

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Otros acuerdos del Consejo fueron: dar un impulso al plan de mejora técnica de televisión en Canarias; declarar monumentos histórico-artísticos al antiguo hospital de San Antonio de Viana, de Palma de Mallorca, y al santuario de Nuestra Señora de Alarcos, de Ciudad Real, y complementar el traspaso de servicios del Estado a la comunidad autónoma del País Vasco en materia de enseñanza no universitaria.

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