Tribuna:TRIBUNA LIBRE

Sobre la ley de Autonomía Universitaria

Precisamente, el día mismo en que expiraba el mandato del Consejo General del País Vasco -y por tanto también el mío como consejero de Educación- pude concluir, de modo plenamente satisfactorio, unas conversaciones mantenidas por mí durante varias semanas con el ministro de Universidades, con el fin de estudiar las vías de solución para las aspira ciones del ente autónomo Vasco y de las restantes comunidades autónomas, ya existentes o en vía de creación, en materia universitaria.En el curso de estas conversacio nes surgieron ideas y figuras interesantes que, seguramente podrán ser útiles cuand...

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Precisamente, el día mismo en que expiraba el mandato del Consejo General del País Vasco -y por tanto también el mío como consejero de Educación- pude concluir, de modo plenamente satisfactorio, unas conversaciones mantenidas por mí durante varias semanas con el ministro de Universidades, con el fin de estudiar las vías de solución para las aspira ciones del ente autónomo Vasco y de las restantes comunidades autónomas, ya existentes o en vía de creación, en materia universitaria.En el curso de estas conversacio nes surgieron ideas y figuras interesantes que, seguramente podrán ser útiles cuando llegue el momento de la discusión parla mentária, contribuyendo a perfec cionar el proyecto en lo que se refiere al aspecto citado.

Como ya he dicho, mi Consejería estimaba que el papel de las comunidades era absolutamente insuficiente en el proyecto, es decir, que éste se hallaba en flagrante contradicción con lo dispuesto por el Estatuto Vasco, el cual -como es sabido- atribuye a nuestro país competencias muy amplias en materia educativa.

En la misma medida se contradecía con el Estatuto catalán y quedaban también condicionados los futuros estatutos de otras comunidades autónomas.

Las concesiones que el proyecto hace a estas comunidades, en cuanto a su participación en la vida universitaria, carecen de toda efectividad, es decir, son sencillamente, ilusorias y destinadas, más que otra cosa, a cubrir las apariencias.

Así, por ejemplo, la posibilidad de que las comunidades autónomas creen universidades propias es, en la práctica, algo totalmente irrealizable, dadas las rigurosas condiciones que el mismo proyecto exige para la creación de tales instituciones.

Asimismo, resulta irrisoria la participación de las comunidades autónomas en el Consejo General de Universidades y en los consejos sociales de cada universidad, ya que este modo de participación carece de valor práctico y eficaz y no refleja, en modo alguno, las verdaderas competencias de las comunidades.

El ministerio se mostró, desde un principio, receptivo a nuestras observaciones y afirmó, la posibilidad de dar respuesta a las mismas en el momento de la discusión parlamentaria.

En seguida vimos que esta apertura podría traducirse en distintas direcciones, todas ellas muy positivas para potenciar la acción de las comunidades autónomas en el campo universitario, sin interferir -claro está- la autonomía de las propias universidades.

Así, parece lógico que se reconozca a una comunidad autónoma con competencias en materia educativa la facultad de aprobar los estatutos elaborados por la universidad o universidades de su ámbito. Esto facilitaría mucho las cosas en la práctica y seria una excelente medida descentralizadora.

Igualmente, y aunque el caso sea poco frecuente, debe corresponder a las comunidades autónomas el control de las universidades privadas existentes en su ámbito. Es evidente que en ninguna situación deben poder autorizarse nuevas universidades privadas sin la intervención del Parlamento de la comunidad aut ónoma correspondiente, que es quien debe de legalizar, en su caso, centros de esta naturaleza.

Un aspecto particularmente interesante en estas sugerencias -que las Cortes podrán estudiar en su día- es el del posible establecimiento y legalización, por parte de una comunidad autónoma, de una «habilitación especial», la cual, de modo análogo a la habilitación estatal prevista por el proyecto, concederla a las personas que se beneficiasen de ella la posibilidad -añadida al caso ordinario- de ser contratadas como catedráticos en la universidad o universidades del ámbito de la comunidad que concediera dicha habilitación especial. De esta manera, la oportunidad de contratar profesorado por parte de las universidades a nivel de catedráticos, quedarla ampliada de un modo muy valioso.

Claro está que, ¡en todo caso, el Parlamento de la comunidad autónoma sería el llamado a reglamentar la concesión de esta habilitación especial de modo que garantizase la calidad y el carácter inter-universitario de la misma.

Tengo el convencimiento de que la aprobación de estas y otras normas que favoreciesen la deseable intervención a las comunidades autónomas en el cuadro legal de la autonomía universitaria, perfeccionaría mucho el proyecto.

Por lo que hace al País Vasco, este perfeccionamiento es sumamente deseable por la relación que ha de tener la universidad en el futuro desarrollo de nuestro país. La aplicación correcta y leal del estatuto exige estos cambios y no se ve por ninguna parte la imposibilidad de llevarlos a cabo.

Quiero hacer notar que los mismos problemas que ahora se debaten, estaban ya planteados desde hace sesenta años, por lo menos, sin que se haya llegado nunca a una solución de fondo para la universidad.

La historia se repite: el 14 de noviembre de 1919 presentaba el Gobierno a las Cortes un proyecto de ley que se titulaba precisamente así: «Proyecto de ley de Autonomía Universitaria». (Bien se ve que no hemos avanzado mucho, pues seguimos estando donde estábamos.)

Habiendo tropezado con dificultades en la Comisión del Senado, el proyecto fue devuelto al Gobierno. Mucho más tarde, en diciembre de 1921, volvió a ser presentado por el Gobierno Maura, formado después del desastre de Anual.

Las diputaciones vascas insistieron mucho en aquel momento para que se diese entrada en la nueva ley a una universidad.para el País Vasco, alegando, entre otras cosas, que las provincias vascongadas y Navarra eran la «única región del mapa universitario de España que carece de tal órgano adecuado a sus intereses y a su cultura».

Esta última afirmación no era completamente exacta porque ni Extremadura ni Baleares tenían tampoco universidad en aquel tiempo.

Pero el hecho es que, habiéndose opuesto a esta petición una de las más antiguas universidades españolas y denegada definitivamente la idea por la dictadura de Primo de Rivera, el País Vasco tuvo que quedarse sin universidad hasta 1968, año en que se estableció la de Bilbao, por cierto, con grandes limitaciones y reservas.

No pueden medirse las consecuencias de aquel error político que así ahogó o entorpeció el desarrollo de la vida cultural de todo un pueblo.

Son errores que se pagan caros y ahora lo estamos viendo. La falta de solera universitaria es un gran mal para el equilibrio del País Vasco. Esperamos que el nuevo proyecto de ley se abra a ésta y otras problemáticas análogas y ponga en marcha definitivamente una descentralización real de la universidad.

Carlos Santamaría es Consejero de Educación del Consejo General Vasco.

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