Cuatro años de prisión a un practicante de Sevilla
Una sentencia de la Sala Segunda del Supremo, que modifica otra de la Audiencia Provincial de Sevilla, condena a Rafael Vera Rosell, practicante, a cuatro años, dos meses y un día de prisión como autor de un delito de homicidio por imprudencia, con agravante específica de negligencia profesional por haberle causado la muerte a un paciente al inyectarle antibióticos. También se condena al practicante a indemnizar a la esposa y a la hija de la víctima con 800.000 pesetas.La muerte de José Pastor Gil sobrevino -según relata la agencia Efe- después de que Rafael Vera no tomara en considerac...
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Una sentencia de la Sala Segunda del Supremo, que modifica otra de la Audiencia Provincial de Sevilla, condena a Rafael Vera Rosell, practicante, a cuatro años, dos meses y un día de prisión como autor de un delito de homicidio por imprudencia, con agravante específica de negligencia profesional por haberle causado la muerte a un paciente al inyectarle antibióticos. También se condena al practicante a indemnizar a la esposa y a la hija de la víctima con 800.000 pesetas.La muerte de José Pastor Gil sobrevino -según relata la agencia Efe- después de que Rafael Vera no tomara en consideración la advertencia del médico Francisco Torrejón, que había recetado cuatro dosis de antibiótico a su paciente, de que se le practicase al enfermo una prueba intradérmica, y en caso de resultar positiva suspender la inyección.
Pese a la insistencia de la esposa de la víctima, el señor Vera creyó que no era necesario efectuar prueba alguna e inyectó el antibiótico. Ante el agravamiento inmediato del enfermó fue ingresado en un centro asistencial de la Seguridad Social, donde falleció.