La Constitución cederá parte de los impuestos generales a los poderes autonómicos

Los diputados Miquel Roca (Pacte) y Jordi Solé (PSUC), miembros catalanes de la ponencia constitucional, manifestaron al alimón a EL PAIS, que el actual redactado del artículo 150 del borrador de la futura Constitución no corresponde ya al contenido revelado en su día por la prensa.En aquella revelación periodística se indicaba que las fuentes de financiación de los poderes autonómicos serían únicamente los recargos impositivos -establecidos por dichos poderes autonómicos sobre la, base de los impuestos generales del Estado- y las transferencias de partidas del presupuesto estatal. Lógicamente...

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Los diputados Miquel Roca (Pacte) y Jordi Solé (PSUC), miembros catalanes de la ponencia constitucional, manifestaron al alimón a EL PAIS, que el actual redactado del artículo 150 del borrador de la futura Constitución no corresponde ya al contenido revelado en su día por la prensa.En aquella revelación periodística se indicaba que las fuentes de financiación de los poderes autonómicos serían únicamente los recargos impositivos -establecidos por dichos poderes autonómicos sobre la, base de los impuestos generales del Estado- y las transferencias de partidas del presupuesto estatal. Lógicamente aquel redactado fue severamente criticado por los sectores políticos catalanistas.

Ahora, en cambio, según manifestaron a EL PAIS los dos diputados catalanes mencionados, el borrador constitucional autoriza a los futuros poderes autonómicos a una participación en cuotas- parte de los impuestos generales, mientras que también contempla la posibilidad de que incluso la recaudación e inspección tributaria dependa de los poderes autonómicos.

Bajo la Segunda República, la Generalitat de Cataluña recibió, después de largas y dificultosas negociaciones, algunos de los impuestos del Estado y cuotas-parte de otros. De haber subsistido el primer redactado constitucional habría sido imposible hablar de autonomías reales y efectivas, ya que los diferentes Gobiernos de las mismas no hubiesen podido llevar a cabo una función tan propia de todo poder autonómico como es la elaboración de un presupuesto.

Con este nuevo redactado, los poderes autonómicos españoles podrían llegar a conseguir un marco de autogobierno que ya gozan otros países democráticos europeos, como la República Federal de Alemania e Italia.

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