Contenido fiscal del proyecto de ley presentado por el Gobierno a las Cortes
1.-Impuesto sobre rendimiento del trabajo personal.Aumenta la cifra exenta a 160.000 pesetas para aquellos contribuyentes cuya base no supere las 300.000 pesetas. Comienza a aplicarse desde el primer día del mes siguiente a la aprobación del proyecto.
2.-Impuesto sobre sucesiones y transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
Aumentan el 10 por 100 todos los tipos de gravamen aplicables en estos impuestos.
3.-Impuestos especiales y de lujo.
Lujo. Aumentan el 20 por 100 con excepción de los que gravan el uso y tenencia de automóvil...
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1.-Impuesto sobre rendimiento del trabajo personal.Aumenta la cifra exenta a 160.000 pesetas para aquellos contribuyentes cuya base no supere las 300.000 pesetas. Comienza a aplicarse desde el primer día del mes siguiente a la aprobación del proyecto.
2.-Impuesto sobre sucesiones y transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
Aumentan el 10 por 100 todos los tipos de gravamen aplicables en estos impuestos.
3.-Impuestos especiales y de lujo.
Lujo. Aumentan el 20 por 100 con excepción de los que gravan el uso y tenencia de automóviles y los del título 11 de la ley refundida.
Especiales. Aumentan el 20 por 100 excepto los correspondientes a circulación de bebidas alcohólicas embotelladas, azúcar, achicoria, petróleo y derivados y uso de teléfono.
4.-Impuesto sobre sociedades.
Las empresas extranjeras sin establecimiento permanente en España que obtengan rentas en territorio nacional procedentes de bienes sujetos a Contribución territorial urbana, tributarán por ellas en el impuesto de sociedades,
5.-Tasas fiscales y exacciones parafiscales.
Autorización al Gobierno para su modificación, refundición e incluso variación sin superar el 50 por 100 de su actual cuantía.