El grupo Triana no es una obra amparada por la propiedad intelectual

Un juez desestima la demanda del único superviviente del mítico grupo de rock andaluz, que reclamaba 180.000 euros al actual vocalista por derechos de autor

Portada del disco 'El patio' (1975), del grupo Triana.

¿Constituye el grupo Triana una obra amparada por la propiedad intelectual? Esta es la reivindicación que planteó Eduardo Rodríguez Rodway, el guitarrista y único integrante vivo de la formación original del mítico grupo de rock andaluz, en la demanda en la que reclamaba 180.000 euros al actual vocalista de la banda, Juan Reina, por derechos de au...

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¿Constituye el grupo Triana una obra amparada por la propiedad intelectual? Esta es la reivindicación que planteó Eduardo Rodríguez Rodway, el guitarrista y único integrante vivo de la formación original del mítico grupo de rock andaluz, en la demanda en la que reclamaba 180.000 euros al actual vocalista de la banda, Juan Reina, por derechos de autor. Y es la pregunta a la que ha dado respuesta un juez del Tribunal de lo Mercantil de Sevilla. En su auto desestima la pretensión del músico por entender que no ha “identificado con suficiente precisión y objetividad un objeto que constituya la obra susceptible de protección”.

El magistrado sostiene que cada creación musical “tiene su propia individualidad respecto a su autoría y protección”, mientras que Rodríguez en su demanda se refería “de forma general a la obra global e intelectual”, aludiendo también a que se trataba de una obra “universal e imperecedera”. El juez argumenta que el guitarrista no ha probado qué elementos concretos, o canciones, pueden considerarse parte de esa obra universal e imperecedera y advierte de que “la propiedad intelectual no protege las meras ideas, sino la plasmación formal de las mismas en una obra determinada”.

Durante la vista oral celebrada telemáticamente el pasado mes de febrero, el abogado de Rodríguez aseguró que Triana es, además, “un género musical”, “una forma de pensar”, “un legado cultural”. El juez también rechaza esa descripción del grupo “por la absoluta falta de actividad probatoria” y porque esos alegatos se incorporaron con posterioridad a que se hubiera fijado el objeto del juicio.

“Estoy contento, pero realmente yo en este juicio era un convidado de piedra, no pintaba nada”, señala a este periódico Juan Reina, que entró a formar parte de la banda como vocalista en 1994, cuando el batería Juan José Palacios, Tele, acuciado por problemas económicos, decidió resucitar al trío, que había dejado de actuar tras el fallecimiento del cantante y fundador del grupo, Jesús de la Rosa. Tele había registrado el nombre de la formación en 1974. Cuando el percusionista falleció en 2002, los nuevos componentes siguieron actuando. “Yo soy un músico más, no sé por qué esa inquina”, se lamenta Reina.

Rodríguez demandó a Reina y a Daniel Martínez, productor y manager de la banda, por entender que una vez fallecidos el resto de los integrantes originales de Triana, el único legitimario de su legado era él. En su demanda describía la forma de operar de la formación como una comunidad de bienes en la que cada uno de sus miembros tenía una participación individual del 33,33% sobre todos los derechos y obligaciones que generaban. Rodríguez asumía su parte alícuota como propia e independiente de la de los demás, incluyendo los derechos de autor de carácter moral y patrimonial como coautor y compositor de la obra global e intelectual. Con esta argumentación justificaba que el legado de Triana “conformaba una obra intelectual universal e imperecedera”.

Reina sostiene que esta demanda tiene su origen en otro pleito de 2016 impulsado, en esa ocasión, por el vocalista actual y los herederos de Tele por “intromisión ilegítima en el honor” a raíz de algunos comentarios que Rodríguez vertió sobre ellos en varios medios de comunicación. Aunque en primera instancia un juzgado de Carmona dio la razón a los demandantes, el pasado 30 de junio, la Audiencia de Sevilla revocaba el fallo.

Los magistrados reconocían que las expresiones insultantes y vejatorias vertidas por Rodríguez “si bien son imprecisas, desafortunadas y desmesuradas, no vulneran el derecho al honor de los demandantes y están amparadas por la libertad de expresión de un integrante del grupo musical Triana, en franca disidencia con los actuales miembros del mismo y algún miembro anterior, pudiendo tildarse de satíricas”.

El actual vocalista ha confirmado a este diario que han recurrido esta sentencia ante el Tribunal Supremo. La trayectoria de rencores, traiciones, malentendidos, inquinas y resentimientos que se abre tras el fallecimiento en 1983 de De la Rosa parece que continuará en el escenario judicial. Un feo legado que puede poner sordina al que sigue resonando gracias a temas como Tu frialdad, Sé de un lugar o Una noche de amor desesperada.

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