Antonio de Felipe recurrirá al Tribunal Supremo para que se le reconozca como el único autor de sus obras

El pintor se opone a la decisión de la Audiencia de Madrid que reconoce derechos sobre 221 cuadros a la artista Fumiko Negishi

Antonio de Felipe, en el Art Basel Miami Beach (EE UU), en 2013.TONI BELCHI (EFE)

Antonio de Felipe (Valencia, 56 años) recurrirá al Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia de Madrid que reconoce como coautora de 221 de sus obras a la artista Fumiko Negishi (Tokyo, 50 años), empleada en su estudio hasta 2016. Vicente Gallart, jefe de prensa del pintor, envió el jueves por la noche un comunicado en el que puntualiza que “hay dos tribunales, uno laboral y otro mercantil, que han manifestado, en sus respectivas sentencias y con el alcance propio de sus competencias, que Anto...

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Antonio de Felipe (Valencia, 56 años) recurrirá al Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia de Madrid que reconoce como coautora de 221 de sus obras a la artista Fumiko Negishi (Tokyo, 50 años), empleada en su estudio hasta 2016. Vicente Gallart, jefe de prensa del pintor, envió el jueves por la noche un comunicado en el que puntualiza que “hay dos tribunales, uno laboral y otro mercantil, que han manifestado, en sus respectivas sentencias y con el alcance propio de sus competencias, que Antonio de Felipe es el único autor de sus obras”.

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Se refiere al primer juicio por despido improcedente que se resolvió a favor de Negishi, en el que el artista acató la resolución y la compensó económicamente con lo estipulado. “A través de esa sentencia el juez expresamente manifestó que el único autor de las obras era De Felipe y definió a Negishi como una ‘trabajadora de su taller”, señala Gallart. Por otra parte, el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid desestimó el 16 de enero de 2019 la demanda interpuesta por la artista, fallo que revoca ahora la última sentencia de la Audiencia madrileña, donde se acepta el “derecho moral de reconocimiento de la autoría” a Negishi. Esta resolución estima que las tareas desempeñadas por la artista japonesa contribuyeron a la relevancia de las obras de su empleador, las aportaciones realizadas no se redujeron a “algo accesorio”, sino que supusieron una contribución “central” en la confección de los cuadros.

La Audiencia ha considerado, en suma, que la artista japonesa no se limitaba a seguir las instrucciones de su jefe, sino que aportaba valor artístico a las obras en que intervenía. El juzgado no consideró procedente que las habilidades de empleada y empleador fueran objeto de comprobación en una sesión conjunta o paralela, pero ha contado con dictámenes periciales para llegar a sus conclusiones. El comunicado de Gallart, por su parte, expone que el despido de Negishi, en 2016, se produjo exclusivamente por motivos empresariales, negando las acusaciones de maltrato hacia ella: “Su persona siempre formó parte de su entorno [el del pintor] más cercano y familiar y fue tratada con el máximo respeto”.

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