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Veto por el voto obligatorio en Chile: qué dice la propuesta, la multa y el sufragio para los extranjeros

El Gobierno de Boric ha presentado ante el Congreso las modificaciones a la ley que regula la organización de las próximas elecciones municipales

elecciones en Chile. Voto para los extranjeros
Personas votan en un centro de votaciones en Valparaíso (Chile), en 2022.Cristobal Basaure Araya (Getty Images)
Sebastián Dote

Las elecciones municipales de Chile, que se realizarán el próximo 27 de octubre, serán los primeros comicios generales que tendrán el voto obligatorio para todos los ciudadanos chilenos mayores de 18 años. El sistema, que solo se había aplicado en los dos procesos constitucionales de 2022 y 2023, se pondrá en marcha para la elección de alcaldes, concejales, gobernadores regionales y consejeros regionales. La magnitud de este proceso ha obligado a debatir una nueva ley para su regulación, la que abrió varios temas que se han instalado en la controversia en el país sudamericano. Algunos de ellos son el monto de la multa por no sufragar y la participación de las personas extranjeras que residen en Chile, las que tienen el derecho a sufragar. La obligatoriedad y las sanciones para los migrantes regularizados ha sido un intenso tema de discusión entre los actores políticos.

El Gobierno de izquierdas del presidente Gabriel Boric presentó un veto para resolver el castigo que recibirían las personas inscritas que no voten, un aspecto que separa aguas entre los legisladores oficialistas y de la oposición. Dentro de esta propuesta se entregaron definiciones sobre la situación de los migrantes, cuyo peso electoral e inclinación ideológica es una incógnita, a pesar de que distintos sectores le adjudican alguna tendencia específica.

Voto voluntario u obligatorio

Durante los plebiscitos de salida de septiembre de 2022 y diciembre de 2023, además de la elección de consejeros constitucionales de mayo de 2023, se estableció que el voto era obligatorio para todas las personas que eran parte del Registro Electoral, en donde son inscritas de forma automática. “Quedarán automáticamente inscritos todos los chilenos y extranjeros que cumplan con los requisitos para votar; es decir, chilenas y chilenos mayores de 18 años que no hayan sido condenados a pena aflictiva (tres años y un día o mayor) y los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años, que además no hayan sido condenados a pena aflictiva”, señala la guía legal publicada por la Biblioteca de Congreso Nacional de Chile.

Por qué se presentó el veto

El Ejecutivo busca corregir los aspectos de una ley despachada desde el Congreso, que busca fijar las reglas de las próximas elecciones municipales para que se realicen en dos días. El punto clave que el Ejecutivo busca enmendar es la reposición de la multa, un tema que es resistido principalmente por algunos representantes de las izquierdas, que defienden el sistema de voto voluntario. A ello se sumó la confusa situación de las personas extranjeras con más de cinco años de residencia regularizada en el país, que poseen el derecho al sufragio.

Qué es el veto presidencial

Este miércoles 24 de julio, el ministro Secretario General de la Presidencia, Álvaro Elizalde, anunció la presentación del veto, que es una facultad constitucional que tiene el presidente de la República para enmendar o modificar (tanto en partes como en su totalidad) las leyes que se despachan desde la Cámara de Diputados y el Senado. En el caso de este proyecto, se fijaron algunas observaciones como su realización en dos días —el sábado 26 y el domingo 27 de octubre—; el monto de la multa por no votar; el feriado irrenunciable para la jornada electoral; y el uso de la propaganda política en las redes sociales, entre otros temas.

La nueva propuesta de multa

La discusión, que se desencadenó a casi tres meses de las elecciones municipales, se centró en la intensidad de las sanciones por no participar de los comicios. En el caso de la multa, la propuesta de la Administración del presidente Boric ha fijado un castigo monetario único de 33.000 pesos (unos 34 dólares), cuando en las elecciones anteriores con voto obligatorio el monto partía desde los 33.000 pesos y podía llegar hasta los 200.000 pesos (211 dólares). El texto inicial del veto establecía además una exclusión del castigo para los mayores de 70 años y las mujeres embarazadas, lo que de manera posterior fue eliminado con un reingreso del escrito.

El voto de los extranjeros

El artículo 14 de la Constitución Política de la República de Chile establece que los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años pueden ejercer el derecho a voto. A ello se suma que la ley de Migración y Extranjería señala que, para obtener el derecho a voto, se contabilizará el periodo desde que la persona avecindada en el país obtuvo su permiso de residencia temporal. La persona que tenga su Rol Único Nacional (RUN) —el DNI de Chile— no obtiene por si sola el derecho a sufragar, ya que es necesario haber cumplido los cinco años desde que consiguió el permiso de residencia temporal.

En el veto del Gobierno, se establece que la sanción única por no cumplir con el voto obligatorio recaerá tanto para los chilenos como para los migrantes que están inscritos en el padrón electoral. Esta propuesta implicó un giro al discurso inicial del Ejecutivo, que planteaba que el sufragio obligatorio estaba dirigido para los ciudadanos y no a los electores, por los que los residentes foráneos regulares tenían el derecho de participar de manera voluntaria, sin exponerse a las multas.

El peso electoral de los migrantes

El rol que juegan los extranjeros en el sistema electoral chileno todavía es materia de estudios. El aumento del flujo migratorio de la última década —encabezado, principalmente, por venezolanos y haitianos— todavía no permite dar cuenta de una caracterización de este tipo de votante. Los únicos datos concretos que existen son los registros de los extranjeros que tienen el derecho a voto. En 2023, un poco antes del plebiscito de salida que derribó la segunda propuesta de nueva Constitución, el Servicio Electoral (Servel), el organismo que coordina el desarrollo de las elecciones en Chile, señaló que de las 15.406.352 que eran parte del padrón electoral, 676.028 correspondían a foráneos con derecho a participar. El año anterior, durante el referéndum que echó abajo la primera propuesta constitucional, la cifra de habilitados alcanzaba las 514.623 personas.

Los reclamos de la oposición

El veto del proyecto ha desatado los reproches de la oposición, que ha acusado una supuesta movida electoral del Gobierno para favorecer al oficialismo en las municipales. El diputado Diego Schalper, un militante de RN, de la derecha tradicional, ha dicho que las izquierdas temen que el voto migrante sea favorable a la oposición. “En los estudios que ellos (oficialismo) manejan, es que los migrantes regulares votarían por la oposición. Yo veo por parte de un sector de la izquierda es que están dispuestos a poner en tela de juicio las reglas del juego”, dijo el parlamentario en una entrevista a Canal 13. El oficialismo reforzó su postura sobre el voto migrante a través de un proyecto de ley presentado por los diputados socialistas Daniella Cicardini y Daniel Manouchehri, que busca limitar aún más la participación de los extranjeros residentes para reservarla solo para las elecciones locales.

El telón de fondo de este debate es la confusa y todavía indescifrable orientación ideológica del voto extranjero. A falta de estudios precisos sobre el tema, existe una creencia de que el masivo ingreso de venezolanos favorecería a la derecha, ya que se trata de personas que escapan desde un país administrado por un régimen de izquierda.

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Sobre la firma

Sebastián Dote
Es encargado de redes sociales y SEO de la edición chilena de EL PAÍS. Es licenciado en Comunicación Social de la Universidad Santo Tomás de Chile. Trabajó en medios regionales de 'El Mercurio' y en el diario digital 'El Dínamo'.
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