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Macarena Sáez: “Esta propuesta de Constitución pone en riesgo el avance de Chile en igualdad y no discriminación de las mujeres”

La directora ejecutiva de la división de derechos de las mujeres de HRW dice que la actual propuesta con una objeción de conciencia sin restricciones claras, podría evitar la educación sexual o poner obstáculos para mantener el matrimonio igualitario

Macarena Sáez
Macarena Sáez, directora ejecutiva de la división de derechos de las mujeres de HRW, en una imagen de archivo.Universidad de Chile

A pocos días del plebiscito para decidir si Chile continuará con su actual Constitución u optará por una redactada por el Consejo Constitucional (controlado por las derechas), la mayor atención está puesta en un intenso debate sobre los derechos de las mujeres dentro del texto. Un intercambio de cartas públicas entre mujeres que están en contra –lideradas por la expresidenta Michelle Bachelet– y a favor –encabezada por la alcaldesa de la derecha tradicional Evelyn Matthei– muestran las inquietudes y las expectativas en torno a la propuesta de nueva Carta Fundamental.

Para la directora ejecutiva de la división de derechos de las mujeres de Human Rights Watch (HRW) y abogada chilena, Macarena Sáez Torres, la actual propuesta de libertad religiosa, con una objeción de conciencia sin restricciones claras, podría evitar que hubiera educación sexual o poner obstáculos para que se mantenga el matrimonio igualitario. Así lo plantea a EL PAÍS en esta entrevista, donde dice estar preocupada por el modo como se está “constitucionalizando” ciertos derechos que podrían ser utilizados de una manera incompatible con la protección de otros.

Pregunta. ¿Cómo evalúa el rol y los derechos de las mujeres en la propuesta de nueva Constitución?

Respuesta. Desde una perspectiva de derechos humanos de las mujeres este texto tiene aspectos preocupantes, ya sea de forma directa o indirecta. Inquieta, directamente, la redacción de un derecho a la libertad de conciencia religiosa muy expansivo, que incluye la regulación constitucionalizada de la objeción de conciencia. Esto es una anomalía a nivel internacional por la manera en que está plasmada en la propuesta, porque no tiene condiciones o restricciones respecto a la forma en que operaría.

P. ¿Cuándo opera la objeción de conciencia?

R. La objeción de conciencia opera cuando el mandato de la ley ordena a alguien hacer algo que considera incompatible con sus convicciones éticas, morales o religiosas. La única manera de tener un modelo de derecho compatible con la objeción de conciencia es que sea una excepción muy específica, aplicada en situaciones muy bien reguladas. Pero el modo en que está planteado en la propuesta de nueva Constitución podría hacer muy difícil la protección de los derechos e impactaría desproporcionadamente a las mujeres porque deja un espacio de mucho riesgo en el ámbito de las prestaciones de salud.

P. ¿Estaríamos hablando en este caso de aborto?

R. No solamente del aborto, ese es el punto. No sólo el personal de salud podría decidir cumplir o no con una ley; sino también las instituciones, lo que sería una mayor anomalía porque estas no tienen conciencia ni convicciones religiosas. Esta propuesta de Constitución daría una carta blanca a todas las personas para decidir cómo y cuándo cumplen con la ley si es que está de acuerdo con sus convicciones éticas, morales y religiosas. Me parece peligroso que esa vaya a ser la interpretación. Cuando los tratados internacionales abordan la libertad religiosa también aceptan que puede haber una excepción al cumplimiento de la ley, pero señalan claramente que aquello no puede ir en contra de los derechos de otras personas. La propuesta de Constitución es un cheque en blanco, donde todos pudieran decidir cómo utilizar la objeción de conciencia y quitar al Estado las posibilidades de garantizar los derechos.

P. ¿Consideraría que el texto es regresivo?

R. No estoy llamando a nadie a votar de una u otra manera. Pero sí digo que esta propuesta de Constitución pone en riesgo el avance que ha tenido Chile en materia de igualdad y no discriminación, especialmente en el caso de las mujeres, el cual ha estado basado en el respeto al marco de los derechos humanos suscritos por el país.

P. ¿Qué rescataría de la propuesta constitucional que se votará este 17 de diciembre?

R. El problema es el siguiente: se pueden tener mensajes políticamente correctos y que, incluso, replican ciertas disposiciones importantes de derechos humanos; pero no se puede decir que dichos derechos están garantizados en la Constitución si el mismo texto incluye mecanismos que entorpecen el ejercicio de esos derechos. Se puede establecer igualdad salarial constitucional, pero si por otro lado hay disposiciones que impiden el ingreso al mundo laboral en igualdad de condiciones por no contar con autonomía reproductiva, las garantías constitucionales se pueden volver letra muerta.

P. Usted hablaba de algunos artículos que impactan indirectamente sobre los derechos de las mujeres.

R. Sí, uno está relacionado con la protección del derecho a la vida, que exhibe una diferencia sutil. Cambiar la disposición actual de la Constitución que dice se protege la vida del que está por nacer no es lo mismo que la vida de quien está por nacer como recoge la propuesta de Carta Magna. Es importante entender que esta distinción tiene posibles consecuencias contrarias a lo sutil, que pudieran implicar un cambio radical. Se discute particularmente que estaría en riesgo la ley de aborto en tres causales, y el análisis desde Human Rights Watch es que efectivamente ese puede ser un problema. La forma en que se protegen los derechos de las mujeres es dándoles prevalencia para que su autonomía y su salud también puedan ser protegidas en casos de embarazo.

P. ¿Se dejaría la puerta abierta a una penalización del aborto?

R. Absolutamente. Se abre la puerta para una reinterpretación de la ley, y lo que las mujeres alrededor del mundo estamos tratando es reducir eso. La ley tiene que ordenar cuáles son aquellas discusiones que no se darán. No se puede entregar al personal médico la decisión arbitraria de si va a preferir proteger el derecho a la vida y a la salud de las mujeres frente a un embarazo.

P. En comparación con la actual Constitución que rige Chile, ¿la vigente protege mejor los derechos de las mujeres y niñas que el texto propuesto?

R. A pesar de muchos problemas, con esta Constitución vigente fue posible tener una ley de aborto en tres causales, terminar con la discriminación legal de las niñas y de los niños nacidos fuera del matrimonio, y también que las adolescentes accedan a pastillas anticonceptivas, que haya educación sexual. Con el nuevo texto constitucional, no estoy convencida que todos estos avances se hubieran podido dar y es posible que, en caso de implementarse este texto, haya un retroceso en todas estas áreas.

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