Un 'mantero' tendrá que indemnizar a la SGAE con 19 euros por tratar de vender 17 CD piratas

La Audiencia de Sevilla le condena también a pagar una multa de 217,8 euros

La audiencia de Sevilla ha condenando a M.G., un inmigrante de 36 años, a indemnizar a la SGAE (Sociedad General de Autores y Editores) con 18,87 euros por el perjuicio ocasionado al tener a la venta 17 discos compatos piratas. Además, deberá pagar una multa de 218 euros.

El auto confirma la pena que había impuesto previamente un juzgado de lo Penal de la capital andaluza por un delito contra la propiedad intelectual y desestima, por tanto, el recurso de apelación interpuesto por la defensa del inmigrante.

Los hechos ocurrieron el 22 de noviembre de 2002 cuando M.G. se encontraba...

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La audiencia de Sevilla ha condenando a M.G., un inmigrante de 36 años, a indemnizar a la SGAE (Sociedad General de Autores y Editores) con 18,87 euros por el perjuicio ocasionado al tener a la venta 17 discos compatos piratas. Además, deberá pagar una multa de 218 euros.

El auto confirma la pena que había impuesto previamente un juzgado de lo Penal de la capital andaluza por un delito contra la propiedad intelectual y desestima, por tanto, el recurso de apelación interpuesto por la defensa del inmigrante.

Los hechos ocurrieron el 22 de noviembre de 2002 cuando M.G. se encontraba en la calle Tetuán de Sevilla con una bolsa colgada al hombro que contenía 17 discos compactos. Los CD estaban copiados de los originales y montados en estuches con fotocopias de sus carátulas. El valor estimado es de 255 euros lo que según ha dictado el juez ha generado un perjuicio de 18,87 euros. En el auto los policias locales que lo detuvieron declararon que observaron a M.G. ofreciendo la música a los viandantes, un "inequívoco dato inculpatorio".

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El auto señala, además, que las alegaciones de la defensa sobre la favorable situación económica del acusado, que justificaría que no le hacía falta vender los CD, "no pueden tener trascendencia" porque la desahogada capacidad económica "no siempre excluye la actividad delictiva".

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