El juzgado mantiene la suspensión cautelar de la eutanasia de una mujer de 23 años en Barcelona

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña se pronunciará sobre qué instancia judicial tiene la competencia del caso

Ciutat de la Justícia de Barcelona, donde se ha celebrado la vista para decidir sobre la eutanasia de una mujer de 23 años.Lorena Sopêna (Europa Press)

La resolución sobre la eutanasia de una mujer de Barcelona de 23 años que había solicitado poner fin a su vida tendrá que esperar. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 12 de Barcelona ha decidido este miércoles mantener la suspensión cautelar del proceso y ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que se pronuncie sobre la competencia del caso: la magistrada ha elevado esta cuestión para que determine si es su juzgado o el propio TSJC el que tiene que decidir, ya que no hay precedentes de una denegación judicial de la eutanasia tras recibir todos los informes preceptivos favorables.

En un principio, la eutanasia se iba a producir el pasado viernes, pero fue paralizada cautelarmente por el juzgado, tras presentar su padre, a través de Abogados Cristianos, medidas cautelarísimas para que no se practicara. La hija “no está en pleno uso de sus facultades”, según ha declarado Jose María Fernández, letrado del progenitor a las puertas de la Ciutat de la Justícia de Barcelona. Es la única versión a la que ha tenido acceso EL PAÍS.

La mujer, que estaba ingresada en el Hospital Residencial Sant Camil, de Sant Pere de Ribes (Barcelona), había solicitado la eutanasia y, como marca la ley, había sido avalada por su médico, por otro que no la conocía previamente, y por la Comisión de Garantías y Evaluación, un organismo formado por profesionales sanitarios, juristas y expertos en bioética que examinan cada caso.

Según la misma fuente, tras recibir la evaluación positiva, la mujer, que carece de movilidad completa en las piernas por una lesión medular que se produjo tras un intento de suicidio en 2022, escribió una carta el lunes de la semana pasada dirigida a la dirección del hospital en la que pedía aplazar durante seis meses su decisión, al no estar segura de la misma. Pero, poco después de redactar esta misiva de su puño y letra, se desdijo, y solicitó mantener la fecha de la eutanasia.

Unas amigas de la mujer presentaron una demanda para parar el proceso en un juzgado de Vilanova i la Geltrú y, poco después, fue el padre el que solicitó medidas cautelarísimas ante el juzgado de lo contencioso barcelonés, que se quedó con el caso.

Según Abogados Cristianos, la mujer sufre una enfermedad mental que le produce “ideas paranoides”, de forma que podrían “afectar a su capacidad para tomar una decisión libre y consciente de la eutanasia”. “Tiene un trastorno límite de personalidad y un trastorno obsesivo compulsivo con ideaciones suicidas. De hecho, los problemas físicos que ella ha tenido son como producto de un intento de suicidio. Es decir, que su solicitud de morir es previa a los problemas físicos y consecuencia de sus problemas mentales. Y entendemos que lo que tiene que estar es en tratamiento psiquiátrico para que esas ideaciones suicidas se la quiten en vez de suministrar la eutanasia”, ha declarado su abogado.

La concesión de la eutanasia en España sigue un método muy garantista para evitar practicarla en supuestos que no contempla la ley: menos de la mitad de las que se solicitan se practican finalmente, tras pasar los mencionados tres filtros (los dos médicos y el comité de evaluación), que tienen como meta objetivar que la persona que la solicita padece un sufrimiento físico o psicológico grave e irreversible.

De las 727 personas que recurrieron a la eutanasia el año pasado, la recibieron 323 personas, según datos provisionales (y todavía sin publicar) del Ministerio de Sanidad. Algunos de los casos no se practican porque la persona muere antes: los tiempos de espera, que deberían estar entre 30 y 40 días, son de 75 de promedio. En este proceso, la persona afectada puede pedir el aplazamiento del proceso en cualquier momento, así como revocarlo. En este caso, si vuelve a solicitarlo, habría de pasar de nuevo la evaluación.

En la vista judicial para la mujer de Barcelona, la representación de la familia ha solicitado que se mantenga la competencia en el Juzgado de lo Contencioso, mientras que tanto la Fiscalía como el abogado de la Generalitat, han solicitado que se pronuncie el TSJC. El abogado de la familia espera que esa decisión se produzca en los próximos días, y que la resolución final sobre la eutanasia no se demore “más de una o dos semanas”, si bien no existe un límite máximo para tomar la resolución, y se podría retrasar. “Se lo están tomando con la importancia que tiene”, ha dicho.

Aunque existen precedentes de suspensiones cautelares de eutanasias, como una que se produjo en Galicia el año pasado, hasta ahora ningún juzgado ha denegado una muerte asistida avalada por los médicos y los órganos de evaluación. “La ley lleva poco tiempo en vigencia [desde el 25 de junio de 2021], estamos en los primeros pasos de la misma y todos esos espacios que hay grises en cuanto a qué se entiende por sufrimiento, padecimiento, qué es tolerable, qué es intolerable, lógicamente se está definiendo con jurisprudencia. Estamos empezando ese proceso”, ha explicado Fernández.

Un segundo caso

A raíz de este proceso, ha llegado a los juzgados de Barcelona otro muy similar, de un hombre de mediana edad que también tenía concedida la eutanasia y sobre el que la familia ha pedido medidas cautelares, según ha informado la juez a las partes de esta vista.

La asociación Derecho a Morir Dignamente recuerda que tanto la decisión de pedir la eutanasia como de revocarla o aplazarla, concierne “únicamente a la persona afectada”, no a su familia. En el caso de la mujer de Barcelona, se trata de una persona mayor de edad que no está inhabilitada para tomar sus decisiones y sobre la que la familia no tiene la tutela.


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