El Consejo Económico y Social afea al Gobierno no concretar cómo funcionará el control parental en los móviles

El órgano consultivo, que ha emitido un dictamen sobre el anteproyecto de ley para la protección de los menores ‘online’, lamenta que no se hayan contemplado medidas de apoyo y formación para que las familias puedan supervisar el uso digital de sus hijos

Una adolescente utiliza su móvil en Madrid.Claudio Álvarez

El Consejo Económico y Social (CES) considera que el Gobierno no ha sido lo suficientemente claro en la descripción de la obligación que impondrá a los fabricantes de dispositivos digitales con conexión a internet de incorporar una funcionalidad de control parental para el uso de aplicaciones, servicios y consumo de contenidos por parte de los menores. Esa es una de las medidas contempladas en el anteproyecto de ley orgánica para la protección de los menores en los entornos digitales, aprobado el pasado junio en primera vuelta en el Consejo de Ministros, una norma en la que están trabajando de forma coordinada cuatro ministerios —Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Juventud e Infancia, Transformación Digital y Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030—.

Así se contempla en el dictamen sobre el anteproyecto aprobado este miércoles por el órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y laboral, en el que se expone que tal y como está redactado el texto normativo “suscita algunas dudas”. “La activación [de la herramienta de control parental] debe producirse por defecto en el momento de la configuración inicial del dispositivo y debe ser gratuita para el usuario”, señala el texto del anteproyecto. Según el CES —integrado por 60 consejeros de las organizaciones empresariales, sindicales, agrarias, de pesca, y de consumidores más importantes del país, entre los que se incluyen seis miembros designados por el Gobierno—, la redacción del documento “no aclara si los controles deben activarse de forma predeterminada o, simplemente, presentarse como una opción durante la configuración inicial del dispositivo, como tampoco clarifica si pueden activarse en cualquier otro momento de uso”.

Por ello, el CES “considera necesario” un “mayor esfuerzo de precisión en la norma que aporte la certidumbre jurídica necesaria y elimine cualquier riesgo de desprotección de los derechos de la infancia”, indica el dictamen.

El anteproyecto de ley contempla medidas como que los menores de 16 años no podrán acceder ni registrarse en redes sociales —actualmente, la ley fija esa edad en los 14—, o que los menores de 18 no podrán acceder a espacios digitales que empleen los llamados mecanismos aleatorios de recompensa (conocidos como lootboxes o cajas botín), presentes en algunos videojuegos, que permiten al jugador obtener, con carácter aleatorio, recompensas o premios virtuales. También, que las visitas al pediatra en atención primaria incluyan revisiones para detectar adicción a la tecnología, o una orden de alejamiento virtual para los agresores condenados.

El Consejo deja claro en su dictamen que se trata de una iniciativa legislativa “oportuna” y “necesaria” para garantizar la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales, pero alerta al Gobierno de que el texto presenta, en algunos aspectos, “una excesiva generalidad y falta de concreción”, por “estar supeditadas algunas de las medidas a desarrollos normativos ulteriores en otros ámbitos sectoriales (educativo, sanitario) y la participación en ellos de distintos niveles administrativos”, por lo que considera necesario “incluir en su articulado mecanismos más rigurosos y eficaces de fortalecimiento de la supervisión”.

En otro de los apartados, el CES —cuyos informes no son vinculantes, sino preceptivos— considera que la norma “debería incluir medidas dirigidas a apoyar” a las familias, ya que “tienen un papel fundamental para prevenir un uso problemático de las tecnologías digitales, así como el acceso a contenidos inadecuados desde edades tempranas, mediante el acompañamiento y la supervisión”. Esas medidas, dirigidas a “dotar recursos de apoyo, acompañamiento y formación” a las familias, deberían ofrecerse, según el organismo, “a través de los canales establecidos en los centros escolares (como las asociaciones de familias del alumnado o los consejos escolares)”, con el fin de “favorecer su papel e implicación en la educación de la infancia en un uso responsable y seguro de internet”.

Falta de referencia a investigaciones

“Dada la dimensión de salud pública asociada a los riesgos de los entornos digitales, singularmente los relacionados con las adicciones, la sobreexposición, los problemas para la autopercepción y la autoestima, y los derivados de la violencia”, señala el dictamen, “el CES echa en falta la referencia a estudios, investigaciones y evidencias que, desde distintos ámbitos, vienen demostrando el auge de tales riesgos”.

Aunque el CES valora positivamente que el anteproyecto contemple promover estudios e investigaciones sobre el uso e impacto de los dispositivos digitales en la infancia, critica la “indefinición” de algunos conceptos presentes en el texto como “material abusivo”, “uso problemático”, “uso excesivo” de las tecnologías, o “uso inadecuado” de los dispositivos digitales, y señala que “deberían quedar suficientemente claros y acotados” para “reducir al máximo la incertidumbre en su aplicación”. En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, ofreció algunos datos como que la media de edad en España de acceso al primer móvil son los 11 años y el 98% de los adolescentes tienen algún tipo de interacción en las redes sociales, y advirtió de que la salud de los menores “está en juego”.

Otra de las medidas cuestionadas es la futura orden de alejamiento virtual, que persigue, según el texto del anteproyecto, “dar una respuesta eficaz a la creciente criminalidad informática, al evitar la reiteración de la conducta punible en los espacios virtuales y mejorar la protección de las víctimas impidiendo su victimización secundaria”, y para ello se modifican los artículos 33, 39, 40, 45, 48, 56, 70 y 83 del Código Penal, “para incorporar la pena de prohibición de acceso o de comunicación a través de redes sociales, foros, plataformas de comunicación o cualquier otro lugar en el espacio virtual, cuando el delito se comete en su seno”. Para el Consejo, esa prohibición de acceso o comunicación a través de redes sociales u otros espacios virtuales “plantea dudas sobre los medios técnicos disponibles para su realización efectiva”.

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