El Consejo de Ministros aprueba el proyecto de ley que garantiza la paridad en la política y la empresa privada
La norma, que se presentó el pasado mayo y decayó por la convocatoria de elecciones, incluye las listas cremallera con una composición paritaria en las candidaturas electorales
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de ley de Representación Paritaria en órganos de decisión, que el Ejecutivo ya presentó el pasado mayo, pero que decayó por la disolución de la Cámara y la convocatoria de unas nuevas elecciones el pasado 23 de julio. La ministra de Igualdad, ...
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de ley de Representación Paritaria en órganos de decisión, que el Ejecutivo ya presentó el pasado mayo, pero que decayó por la disolución de la Cámara y la convocatoria de unas nuevas elecciones el pasado 23 de julio. La ministra de Igualdad, Ana Redondo, que ha señalado que se trata de un “proyecto solvente” que cuenta con el informe favorable preceptivo del Consejo de Estado, del Tribunal de Cuentas, y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, ha destacado que se trata del primer proyecto de ley orgánica que se presenta en esta legislatura y que, por ello, supone “una declaración de intenciones” de un mandato en el que van a “seguir profundizando en todas las cuestiones que tengan que ver con la igualdad real y efectiva de hombres y mujeres”. Redondo ha destacado que la aprobación de la ley ha llegado “en un momento especialmente duro” y “oscuro”, tras unas semanas en las que “hemos asistido con horror” al asesinato machista de cinco mujeres y una niña, en un escenario que suma 55 mujeres asesinadas en lo que va de año y 1.237 desde que hay cómputo de estos asesinatos. “Esta ley es una luz en medio del túnel”, ha dicho la ministra.
Esta ley, sin precedentes en España, contará con varios hitos que afectarán a todos los ámbitos de la sociedad, desde la política a la economía. Las candidaturas electorales deberán tener una composición paritaria con listas cremallera en la ley electoral con una alternancia de personas de uno y otro sexo. La reforma se aplicará a todos los procesos electorales: en los comicios generales al Congreso, autonómicas, municipales y en la elección en las urnas de los miembros de los consejos y cabildos insulares y diputados al Parlamento Europeo. También se aplicará cuando las candidaturas para el Senado se agrupen en listas. El Congreso español se convirtió en mayo de 2019 en el más paritario de Europa, con un 47,4% de la Cámara baja, por delante de países nórdicos como Suecia y Finlandia. En la anterior legislatura esa proporción disminuyó: 200 diputados (57,3%) y 149 diputadas (42,7%), según los datos del Congreso. Ahora mismo hay 196 hombres (56%) y 154 mujeres (44%).
Paridad en los consejos de administración
Además de obligar a la paridad de ministras y ministros, es decir, que cada uno de los sexos suponga como mínimo un 40% del total con independencia del partido que gobierne ―en el actual Ejecutivo, ellas son 12 frente a 10 ministros―, la futura norma regulará la paridad en las más altas cotas de poder, como los consejos de administración de las grandes empresas. El objetivo es que haya ese mismo porcentaje del 40% de mujeres en la dirección de cualquier empresa cotizada o entidad de interés público con más de 250 trabajadores y 50 millones de volumen de negocio anual.
El Consejo de la UE aprobó a finales de 2022 la directiva europea que obligará a partir de 2026 a que al menos el 40 % de los administradores no ejecutivos [es decir, los que no son CEO] de las empresas cotizadas sean “miembros del sexo menos representado”. El Gobierno persigue que la modificación de la Ley de Sociedades de Capital y de la Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión se aplique a las sociedades cotizadas a partir del 30 de junio de 2024, y de manera gradual en la designación de los miembros de los consejos de administración de las entidades de interés público afectadas, que deberán alcanzar el porcentaje del 40% del género menos representado en dicho órgano a fecha 30 de junio de 2026.
En la Administración del Estado, las personas titulares de los órganos superiores y directivos —secretarías de Estado, subsecretarías o direcciones generales, entre otros—, se nombrarán de tal manera que las personas de cada sexo no superen el 60% ni sean menos del 40% en el ámbito de cada ministerio. En el sector público institucional (organismos autónomos, agencias, empresas públicas, fundaciones...), esta misma norma de representación equilibrada se garantizará entre las personas titulares de presidencias, vicepresidencias, direcciones generales, direcciones ejecutivas y asimiladas de cada entidad. También se aplicará a las personas con contratos de alta dirección. El Gobierno establecerá un plazo máximo de cinco años para alcanzar la paridad en estos ámbitos. La reforma también se aplicará a los Colegios Profesionales y los Consejos Generales y garantizará que las mujeres desempeñen como mínimo el 40% de los puestos en las juntas de gobierno de estos organismos.