El Supremo ve “liviana” la condena a 14 años por una violación grupal

El alto tribunal confirma la pena a tres jóvenes por una agresión en Sevilla

Madrid -
Los tres condenados ante el juez por la violación grupal a la joven en Sevilla.Pepo Herrera (EFE)

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de 14 años de cárcel impuesta a tres jóvenes que violaron a una joven en Sevilla en abril de 2017. El alto tribunal ratifica la condena por un delito continuado de agresión sexual, pero en la sentencia, como ya hizo en el caso de la Manada de Pamplona y en la ...

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El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de 14 años de cárcel impuesta a tres jóvenes que violaron a una joven en Sevilla en abril de 2017. El alto tribunal ratifica la condena por un delito continuado de agresión sexual, pero en la sentencia, como ya hizo en el caso de la Manada de Pamplona y en la violación grupal de Villalba (Madrid), advierte de que los acusados debían haber sido condenados, al menos, por tres delitos diferentes de agresión (el cometido por ellos y como cooperador de los cometidos por los otros dos). Esto habría multiplicado su pena, pero el alto tribunal no puede modificar esa calificación porque ninguna de las acusaciones lo solicitó. “La calificación de instancia, si deviene inadecuada, es por su liviandad”, afirma el Supremo en respuesta a la petición de los acusados de que se consideraran agresiones aisladas y no un delito continuado.

El Supremo rechaza de plano todos los argumentos esgrimidos por los acusados para recurrir la sentencia dictada en abril de este año por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que ratificó la condena que había impuesto la Audiencia Provincial de Sevilla. Los hechos ocurrieron en las inmediaciones del Estadio de La Cartuja. La sentencia considera probado que la víctima conoció a los agresores, de nacionalidad rumana, en un bar de Sevilla y, tras el cierre del establecimiento, sobre las 7.00 de la mañana, salió del local con los tres procesados. Tanto los acusados como la víctima estaban bajo los efectos del alcohol, una circunstancia que a ellos les ha servido para rebajar su pena al ser considerada como un atenuante.

La joven se subió con ellos al coche creyendo que le acercarían a casa, pero los agresores la violaron, primero dentro del vehículo y, después, fuera. Luego la abandonaron en una cuneta. Fue encontrada a las 9.30 por dos empleados de EMASESA, la empresa de saneamiento y abastecimiento de agua de Sevilla, que declararon en el juicio que la joven estaba “nerviosa, en estado de shock y solo repetía que la habían violado y arrastrado desde un vehículo”. Los magistrados confirman la aplicación de la agravante de abuso de superioridad. “El traslado a un descampado de la joven, la pluralidad de atacantes y los repetidos actos de agresión encierran una clara situación de violencia e intimidación para doblegar la voluntad de la víctima”, afirma la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Palomo.

Además de la agresión sexual, la víctima sufrió numerosas contusiones y erosiones debido a golpes y forcejeos. La joven necesitó 50 días para recuperarse de las lesiones, que le han dejado “una pérdida de fuerza en la muñeca derecha y dolor en la región coxal”. Además, como consecuencia de la agresión, sufre “estrés postraumático de alta intensidad” que le ha llevado a intentar suicidarse, motivo por el que fue ingresada en el hospital.

Los acusados tienen prohibido comunicarse con la víctima y acercarse a ella a menos de 300 metros. Una vez cumplan la condena, estarán en libertad vigilada durante otros ocho años. Además, tienen que indemnizar a la víctima con 84.315,55 euros por las secuelas psicológicas y los daños físicos que le causaron.

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