Todos los médicos podrán objetar

La ley vigente solo permite inhibirse a los que participen “directamente”

El anteproyecto de ley aprobado ayer reconoce el derecho de los profesionales sanitarios a objetar por motivos de conciencia de “cualquier participación o colaboración” en los supuestos despenalizados del aborto. Es decir, la nueva norma asume la reivindicación de los colectivos antiabortistas y algunos colegios de médicos que pedían que se admitiera el derecho a objetar de todos los profesionales sanitarios y no solo de aquellos que participen en la interrupción del embarazo.

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El anteproyecto de ley aprobado ayer reconoce el derecho de los profesionales sanitarios a objetar por motivos de conciencia de “cualquier participación o colaboración” en los supuestos despenalizados del aborto. Es decir, la nueva norma asume la reivindicación de los colectivos antiabortistas y algunos colegios de médicos que pedían que se admitiera el derecho a objetar de todos los profesionales sanitarios y no solo de aquellos que participen en la interrupción del embarazo.

La ley de 2010 fue la primera en regular la objeción de conciencia, pero la restringe a los profesionales “directamente implicados” en el aborto. El texto no concretaba quiénes son los “directamente implicados”, pero el Ministerio de Sanidad aclaró que la interpretación correcta era que solo pueden objetar el médico que practique la intervención, la comadrona y el anestesista. Con la reforma planteada por el ministro Alberto Ruiz-Gallardón, este derecho se extiende a toda la cadena de profesionales que intervienen en el proceso, aunque sea de forma indirecta.

Este cambio colma, sobre todo, las expectativas de médicos de atención primaria que han solicitado poder negarse a atender a las mujeres que llegaran a su consulta pidiendo información para abortar. Algunos llegaron a reclamar este derecho ante los tribunales, que no se han puesto de acuerdo. En abril de este año, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía emitió la primera sentencia de un tribunal autonómico sobre estos casos y negó el derecho a objetar de los médicos de atención primaria.

Esteban Rodríguez, de la asociación Ginecólogos por el Derecho a Decidir, se felicita por este cambio introducido en la ley. “La norma vigente consolidó un régimen de opresión contra las libertades individuales”, declara Rodríguez, que apunta que, además de a médicos de atención primaria, el nuevo texto abre la puerta a la objeción a los ginecólogos que aprecien malformaciones en una ecografía. “Cuando un médico informa de una malformación está revelando la intimidad genética de un ser humano. Y no para hacerle un bien”, sostiene.

El texto establece que el profesional que quiera objetar deberá comunicárselo por escrito al director del centro. Joaquín Fernández Crehuet, presidente del comité deontológico del Colegio de Médicos de Málaga, considera acertado este registro porque permitirá a los centros organizarse para garantizar la atención a las mujeres, pero pide que se garantice también la intimidad de los médicos. La ley establece que la decisión del médico tendrá “carácter reservado” y se incluirá en su expediente personal.

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