Nueva multa a Meta

La vulneración de la privacidad en la UE por parte de la tecnológica comporta la sanción de 1.200 millones de euros

El logo de Meta, en una feria profesional en San Francisco el pasado 22 de marzo.Jeff Chiu (AP)

La diferencia entre los sistemas legales de protección de datos entre Estados Unidos y la Unión Europea ha vuelto a propiciar una sanción, esta vez multimillonaria, de Irlanda a Meta (propietaria de Facebook e Instagram, además de WhatsApp) por infringir el derecho a la privacidad de al menos 500 millones de usuarios por transferir datos al país norteamericano sin garantías suficientes. Los 1.200 millones de ...

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La diferencia entre los sistemas legales de protección de datos entre Estados Unidos y la Unión Europea ha vuelto a propiciar una sanción, esta vez multimillonaria, de Irlanda a Meta (propietaria de Facebook e Instagram, además de WhatsApp) por infringir el derecho a la privacidad de al menos 500 millones de usuarios por transferir datos al país norteamericano sin garantías suficientes. Los 1.200 millones de euros significan la multa más alta impuesta a una tecnológica por este motivo, después de los 780 millones con que Irlanda sancionó ya a Amazon en 2021 por causas similares, que se suman a otras tres multas a la misma Meta en los últimos seis meses, de 400, 265 y 390 millones de euros. El total de las multas a Meta impuestas desde el país en el que tiene su residencia legal por razones de fiscalidad favorable (al igual que otras grandes tecnológicas) asciende a unos 2.255 millones de euros.

La Comisión de Protección de Datos de Irlanda impone además la exigencia de que en el plazo de los próximos cinco meses Facebook cese la transferencia de datos de los usuarios locales a Estados Unidos y suma también la obligación de eliminar toda la información compartida, pese a la complejidad técnica que aduce la empresa. Las primeras multas de Irlanda llegaron ya forzadas por la presión de los reguladores europeos y del órgano que los agrupa a todos, el Comité Europeo de Protección de Datos, que presionó a Irlanda para elevar en torno a 10 veces el importe inicialmente previsto. Sin embargo, ha sido la presidenta de los reguladores europeos, Andrea Jelinek, quien ha advertido de las “consecuencias de gran alcance” que tendrán las transferencias de datos a EE UU de los usuarios europeos cuando son, como en este caso, “sistemáticas, repetitivas y continuas”. El alcance material de la multa, sin embargo, es sobre todo reputacional, dado que la empresa ingresó en el primer trimestre de este año en torno a 29.000 millones de dólares.

Probablemente, no es casual que esta sanción haya llegado en las vísperas de cumplirse cinco años de la entrada en vigor, el 25 de mayo de 2018, del nuevo reglamento de la Unión Europa sobre protección de datos que da a los reguladores de los 27 países miembros de la UE el poder de imponer multas de hasta el 4% de los ingresos anuales de una empresa por las infracciones más graves. El hecho de que exista efectivamente un choque de legislaciones sobre el acceso a los datos en EE UU y la regulación de la privacidad en la UE no autoriza a incumplir la legislación vigente en Europa.

La colisión actual explica la urgencia de que Bruselas apruebe cuanto antes el acuerdo entre EE UU y la UE para transferir datos entre continentes, en fase de negociación, tras invalidar en 2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el acuerdo anterior por “temor a injerencias” en los derechos fundamentales de las personas. El argumento de la empresa, según el cual internet podría acabar dividida en burbujas nacionales e impedir el acceso de los ciudadanos a servicios compartidos, es una razón más para impulsar una legislación que dote de seguridad jurídica a las tecnológicas a la vez que sus servicios no vulneren el derecho a la privacidad, sobre todo cuando este derecho busca preservar al usuario ante campañas publicitarias generadas por algoritmos en función de las búsquedas y el historial de navegación del usuario. El negocio de la publicidad del que se nutren empresas como Meta no puede ser el que determine los derechos de la ciudadanía.

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