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La Justicia archiva la causa contra una diputada del PSOE por pedir el voto en Facebook el día de las europeas

El TSJM ha concluido que la publicación de Lorena Morales en la red social no alcanza la gravedad necesaria para tener relevancia penal

Lorena Morales, diputada socialista en la Asamblea de Madrid, ha visto archivada provisionalmente la causa penal abierta en su contra por la presunta comisión de un delito electoral, tras haber publicado un mensaje en la red social Facebook pidiendo el voto para el PSOE el 9 de junio de 2024, día en el que se celebraron las últimas elecciones europeas. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha concluido que los hechos no alcanzan la gravedad necesaria para tener relevancia penal, aunque ha remitido el expediente a la Junta Electoral Central para que valore si pudo existir una infracción administrativa.

La resolución pone fin, al menos por la vía penal, a un caso que ha estado rodeado de polémica desde su inicio. En septiembre, la Sala de lo Civil y Penal del TSJM admitió a trámite una denuncia contra Morales por un presunto delito electoral, pese a la oposición expresa de la Fiscalía, que consideró que la conducta denunciada carecía de entidad suficiente y debía tratarse, en su caso, como una falta administrativa competencia de la autoridad electoral.

Esta controversia parte del 9 de junio de 2024, cuando la diputada socialista expuso en su perfil de Facebook una imagen en la que se la veía votando. “Hoy”, escribió junto a la fotografía, “#VotaPSOE”. El caso ha generado debate. Primero, por la existencia de un incidente similar protagonizado por la consejera del PP Rocío Albert. Ese mismo día, ella también publicó en la red social X (antes Twitter) una fotografía en el colegio electoral acompañada de la etiqueta “#votaPP”, sin que su actuación haya sido judicializada.

Segundo, porque la Fiscalía defendió desde el principio que no debía abrirse causa penal. Tercero, porque en septiembre uno de los magistrados emitió un voto particular respaldando esa postura. Y, finalmente, porque la notificación a Morales se entregó de manera visible en la entrada de la Asamblea, un procedimiento poco habitual, ya que normalmente habría sido recibida por su procuradora.

La diputada socialista recibió en noviembre de 2024 en el Parlamento regional, justo antes del comienzo del pleno, la comunicación de que el TSJM incoaba diligencias que la afectaban tras aceptar a trámite una denuncia por la presunta comisión de un delito electoral. La denuncia sostenía que ese mensaje constituía un acto de propaganda prohibido por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), al haberse difundido fuera del periodo legal de campaña.

“Estoy muy contenta, me siento muy aliviada. Siempre confié en la justicia, pienso que el TSJM tiene causas mucho más relevantes que la mía. Este procedimiento, que ha sido bastante largo, ha supuesto dolor y angustia para mi familia, sobre todo, para mis padres. No es agradable salir en los medios como imputada”, expresa Morales tras agradecer a la Fiscalía su postura. Asegura haberse sentido vulnerable. “La consejera del PP no tuvo ningún tipo de reproche”, insiste. Ahora, se muestra dispuesta a acatar lo que la Junta Electoral Central estime conveniente. “No es lo mismo una sanción administrativa que un delito”, opina tras abordar la importancia de poder cerrar un capítulo que ha marcado su vida los últimos meses.

Que el caso de Morales haya llegado a los tribunales mientras el de Albert no, se debe a que la Sala de lo Civil y Penal del TSJM decidió admitir a trámite la denuncia contra la política socialista, que ha destacado por sus denuncias sobre las muertes en residencias durante la pandemia y la mala calidad de la alimentación en estos centros. Cuando la causa fue admitida a trámite, la mayoría de la sala argumentó que, “por su contenido, por la condición del sujeto emisor y por el medio utilizado”, el mensaje podía tener una potencialidad captatoria del voto que impedía descartar de entrada su eventual relevancia penal.

“No existe la menor duda de que estamos ante el más prototípico acto de propaganda electoral”, afirmaba aquel auto. Por ello, el TSJM pidió a la Guardia Civil que certificase la veracidad de la publicación del mensaje de Morales en Facebook, y que determinase “su remitente, difusión y contenido, así como la funcionalidad de los hashtags o etiquetas que aparecen enlazadas”. Sin embargo, tras la instrucción, el tribunal ha acabado asumiendo el criterio del Ministerio Fiscal, que desde el inicio sostuvo que la publicación carecía de la capacidad real para forzar o desviar de forma grave la voluntad de los votantes, exigencia clave para que exista delito electoral.

La sala subraya que el derecho penal debe reservarse para las conductas más graves y que, en este caso, la difusión del mensaje en una red social no tuvo la entidad suficiente para afectar de manera relevante al proceso electoral. Finalmente, el TSJM ha acordado el sobreseimiento provisional de las diligencias penales y ha ordenado remitir el expediente a la Junta Electoral Central, que será la encargada de determinar si los hechos pueden ser constitutivos de una infracción administrativa electoral, sancionable con multa.

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