Ayuso rectifica sus leyes LGTBI antes de que el Constitucional resuelva los recursos del Gobierno y el Defensor del Pueblo

El PP registra en la Asamblea una modificación de las normas, que aprobó hace apenas diez meses, para suavizar los puntos recurridos

La presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en la presentación del cuadro de Augusto Ferrer-Dalmau 'Cisneros en la Conquista de Orán en 1509', el jueves en Alcalá de Henares.Comunidad de Madrid (Comunidad de Madrid/EFE)

El PP de Isabel Díaz Ayuso ha registrado este viernes en la Asamblea de Madrid la modificación de las dos leyes trans regionales, que había retocado hace apenas 10 meses. La rectificación ha llegado después de que el Gobierno central y el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, llevaran hasta el Tribunal Constitucional ...

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El PP de Isabel Díaz Ayuso ha registrado este viernes en la Asamblea de Madrid la modificación de las dos leyes trans regionales, que había retocado hace apenas 10 meses. La rectificación ha llegado después de que el Gobierno central y el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, llevaran hasta el Tribunal Constitucional distintos puntos de ambas normas, que de esta manera habían quedado suspendidos. Aunque los conservadores defienden que las modificaciones únicamente adaptan a los dictámenes del Consejo de Estado del 21 de marzo de 2024 los textos de la ley de protección, igualdad efectiva y no discriminación de las personas transexuales e intersexuales, conocida como ley trans, y de la ley de protección, igualdad efectiva y no discriminación de las personas LGTBI, lo cierto es que los cambios afectan a los puntos que provocaron la polémica y retratan el intento de evitar que el Constitucional los cambie.

“El PP de Ayuso recula en su ley trans por miedo al dictamen del Tribunal Constitucional, y a que les obligue a cambiarlos”, opina Jimena González, diputada de Más Madrid. “La nueva redacción protege un poco más el derecho a la intimidad de las personas trans en vestuarios y baños en colegios y centros de menores, pisos tutelados, etc”, argumenta. “También suaviza mucho la redacción del requisito de un informe médico previo a que un menor pueda recibir tratamiento hormonal”, sigue. “Este era el principal punto de inconstitucionalidad”, recuerda. “Y se pasa de decir que el asesoramiento psicológico nunca podría considerarse terapia de conversión, cuando sabemos que muchas veces lo es, a decir que el asesoramiento psicológico debe buscar la protección de la salud y circunscribirse a informar”.

“Es una modificación que rectifica en especial dos asuntos, uno el informe médico obligatorio para menores trans, y dos, suaviza mucho el tema del uso de vestuario por parte de niños y adolescentes trans”, resume Santiago Rivero, diputado del PSOE. “Era un clamor, y al final el tiempo nos ha dado la razón en que el PP se equivocaba discriminando y volviendo a patologizar a las personas trans”, ha añadido. “Esta modificación es un triunfo de la verdad y de la dignidad de las personas trans”.

Todo arrancó en diciembre de 2023, cuando el PP de Ayuso aprobó en el Parlamento regional las dos reformas, provocando las protestas de la oposición de izquierdas, que las vio inspiradas en Vox, y la queja de los colectivos LGTBI, que se movilizaron para mostrar su rechazo a las modificaciones.

A los cuatro meses, Gabilondo, antiguo portavoz del PSOE en la Asamblea, y ahora Defensor del Pueblo, anunció en abril la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra un inciso de un artículo de la ley trans que establece la obligatoriedad de que los menores trans que quieren recibir tratamiento hormonal tengan apoyo de profesionales de salud mental infanto-juvenil, y lo mantengan durante todo el proceso.

Dos meses después, cuando las leyes madrileñas apenas llevaban seis en vigor, el Gobierno central anunció su propio recurso, en este caso contra aspectos concretos de ambas normas.

Así, denunció, por un lado, la excepción que a juicio del gobierno se hace a la prohibición absoluta de las terapias de conversión, al permitir el asesoramiento psicológico o la evaluación psiquiátrica. Por otro, se centró en la patologización que, considera el ministerio de Igualdad, se hace de los menores trans, “al obligarles a someterse a un proceso de acompañamiento psicológico o psiquiátrico y a obtener un informe facultativo favorable como condición para iniciar un tratamiento para su transición”.

También se recurrió “la discriminación” que la normativa madrileña hace con las personas trans frente a las mujeres y niñas cuando se les permite usar espacios o equipamientos “sin menoscabo de los derechos e intimidad del resto de usuarios, especialmente de las niñas y mujeres”. Y por último, la “invasión” de competencias procesales y administrativas que el Gobierno considera que la norma aprobada por Ayuso hace al excluir a las organizaciones LGTBIQ de la condición de interesados en procedimientos penales y administrativos sancionadores, incluso cuando representen a una víctima o persona perjudicada con su permiso explícito.

Aunque la Comunidad de Madrid, a través de la consejera Ana Dávila, acusó al Gobierno de “mentir”, varios de los aspectos recurridos ante el Constitucional están entre los que ahora modifica el PP de motu proprio en la Asamblea regional. Son unos cambios que pueden darse por seguros, ya que los conservadores tienen mayoría absoluta en el Parlamento.

Así, se modifica el apartado 3 del artículo 13 de la ley trans, para limitar que “el asesoramiento psicológico y, en su caso, la evaluación psiquiátrica del personal sanitario, se circunscribirá a informar, con base científica y garantías médicas, a la persona transexual, buscando la protección de su salud”.

Además, se cambia la letra b), del apartado 2 del artículo 14 para eliminar la obligatoriedad de que los menores que vayan a empezar a transicionar reciban apoyo de los profesionales de salud mental infanto-juvenil. Del ”requisito necesario” que recoge la ley vigente se pasa a una redacción mucho menos taxativa: “Con anterioridad al comienzo del tratamiento farmacológico, y durante todo el proceso, el menor recibirá apoyo de los profesionales de salud mental infanto-juvenil”.

Se hacen otras dos modificaciones para que en espacios o equipamientos identificados en función del sexo, como vestuarios o baños, no solo puedan usarse con “pleno respeto” a la transexualidad de los usuarios, sino también con “pleno respeto a las necesidades, los derechos y la intimidad”.

En cuanto a la Ley 3/2016, de 22 de julio, de protección, igualdad efectiva y no discriminación de las personas LGTBI de la Comunidad de Madrid, se suprime la letra d) del artículo 65, que impedía a las asociaciones, organizaciones y entidades dedicadas a la defensa de los derechos de este colectivo personarse como parte interesada en procesos penales y procedimientos sancionadores de la administración.

Los populares solicitan que esta modificación se realice a través de lectura única —lo que impide el debate parlamentario— y en la explicación de motivos se detalla que el objetivo es “corregir aspectos de la redacción original de las leyes que eran susceptibles de conculcar derechos fundamentales, al tiempo que se adaptaban las leyes autonómicas a la regulación estatal recientemente aprobada”.



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